El Estado protector

Juan José Prieto, director provincial de Personas Jurídicas de la provincia del Neuquén, se negó en junio pasado a mostrar a las periodistas Laura Hevia y Andrea Durán la carpeta de la Fundación para el Desarrollo Patagónico y Argentino, Fundepa, que preside Jorge Omar Sobisch. Se basó en que según normas del código civil y de la ley 19.836 las fundaciones son entidades privadas. Lo dice así: “…teniendo en cuenta que Fundepa es una persona de carácter privado, se encuentra amparada por el respeto de su derecho a la intimidad, en tanto bien jurídico protegido”. A pesar de no ser más que un contador, Prieto sabe de sobra acerca de “la titularidad de los derechos fundamentales de las personas jurídicas”. Dice que esa titularidad “tiene su eje en la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad”. Y explica a las periodistas que “el desarrollo de lo que podemos llamar personalidad de los sujetos puede realizarse dentro de grupos sociales, pues en la medida en que el hombre (o la mujer) se integra y coopera con los demás individuos (o individuas), está incrementando su potencial humano”. Ajá. Son, los reproducidos hasta aquí, conceptos de innegable profundidad. Mucho más los que siguen. Prieto destaca que, si bien las personas jurídicas son una construcción artificial, son a la vez “instrumentos de que las personas nos valemos para desarrollar la personal individual, sólo que colectivamente”. La verdad es que el funcionario se toma su tiempo para llegar al meollo de la cuestión, porque de lo que se trata es de que explique cómo los registros de un organismo público pueden ser, a la vez, privados (o secretos, para llamar a las cosas por su nombre). De esto, y siempre en el tono solemne que debe tener la prosa burocrática, Prieto ofrece una ayuda que, por reveladora, contribuye a esclarecer los motivos del secreto. Lo hace cuando dice que las personas jurídicas –lo es la fundación que preside Sobisch– “no sólo desarrollan la personalidad de sus miembros, sino que pueden defender los intereses propios de sus integrantes”. Los intereses propios de sus integrantes. Mucho más si el integrante es Sobisch, en 2007 presidente de la fundación y por lo tanto su más distinguido integrante, gobernador de la provincia, jefe del partido oficial, y candidato a presidente de la República. Vamos al grano, Prieto. Usted, yo y mucha gente sabemos que, de hecho, Fundepa funcionó como un organismo de apoyo a la candidatura presidencial de Sobisch, fundamentalmente en la recaudación de fondos. El lo dijo. Cuando este diario le preguntó por la financiación de su campaña, contestó: “tengo de Fundepa alrededor de 100.000 pesos por mes. Lo he ido gastando cuando lo necesité. Una vez dije que para una campaña presidencial lo mínimo que hace falta son 30 millones de pesos, que no los tengo. Habrá que juntar ese dinero si uno se decide a hacer la campaña. Pero dura 180 días. Lo otro es apronte, es ir instalando al candidato”. Es posible que el director no lea “Río Negro”. ¿Tampoco “Clarín”?, Porque a ese diario Sobisch le dio algunos detalles más de la recaudación. Como que, por ejemplo, los funcionarios políticos de la provincia aportan un porcentaje de su sueldo” y que los recursos así generados los manejaba Fundepa. “Río Negro” reprodujo en febrero de 2007 estas declaraciones, y agregó las de la diputado nacional Alicia Comelli, quien también hizo su aporte y dijo que los afiliados deben sostener a los partidos. Aclaró, como para evidenciar que todo se hizo con ejemplar limpieza, que le entregaron “recibo y factura”. O sea que, primero, la fundación sobischista no se constituyó para, según lo establece el código civil, propender al bien común. El beneficio fue para Sobisch, primero porque lo ayudó a recaudar para pagar los gastos de una campaña muy pero muy cara, y segundo porque, con el secreto que Prieto defiende con pasión de cruzado, ha servido, hasta hoy, para ocultar eventuales infracciones a las leyes electorales y de partidos políticos. Esta conducta de un funcionario público no tiene nada de novedoso. Hace algunos días este diario dedicó una extensa nota a informar sobre disposiciones incorporadas a la constitución neuquina con la reforma de 2004 que no han sido respetadas. Eso no es nada. La que reconoce el derecho a la información es de 1957, y la convención constituyente de 2004 –que, dicho sea de paso, presidió Sobisch– la convalidó, cambiando solamente el número del artículo, que pasó del 20 al 25 (no deja de ser un progreso). Prieto conoce ese artículo, cuya parte pertinente reproduce en su enjundioso texto: “no será trabado el libre acceso a las fuentes de información”. Fervoroso, exalta el principio: “Este acceso a la información constituye lo que se denomina principio de publicidad en los asuntos públicos y se basa en el fundamental derecho ciudadano de participar en los asuntos públicos con la máxima información posible”. Pero, “teniendo en cuenta que Fundepa es una persona de carácter privado, se encuentra amparada por el respeto a su derecho a la intimidad, en tanto bien jurídico protegido”. O sea que, Laura y Andrea, sonamos: los registros públicos del Estado como el de comercio, o el de proveedores y contratistas, o el catastro, o el de la propiedad inmueble, y por cierto el de Prieto, son secretos para el común de los mortales, y mucho más para los periodistas.

Jorge Gadano jagadano@yahoo.com.ar


Juan José Prieto, director provincial de Personas Jurídicas de la provincia del Neuquén, se negó en junio pasado a mostrar a las periodistas Laura Hevia y Andrea Durán la carpeta de la Fundación para el Desarrollo Patagónico y Argentino, Fundepa, que preside Jorge Omar Sobisch. Se basó en que según normas del código civil y de la ley 19.836 las fundaciones son entidades privadas. Lo dice así: “…teniendo en cuenta que Fundepa es una persona de carácter privado, se encuentra amparada por el respeto de su derecho a la intimidad, en tanto bien jurídico protegido”. A pesar de no ser más que un contador, Prieto sabe de sobra acerca de “la titularidad de los derechos fundamentales de las personas jurídicas”. Dice que esa titularidad “tiene su eje en la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad”. Y explica a las periodistas que “el desarrollo de lo que podemos llamar personalidad de los sujetos puede realizarse dentro de grupos sociales, pues en la medida en que el hombre (o la mujer) se integra y coopera con los demás individuos (o individuas), está incrementando su potencial humano”. Ajá. Son, los reproducidos hasta aquí, conceptos de innegable profundidad. Mucho más los que siguen. Prieto destaca que, si bien las personas jurídicas son una construcción artificial, son a la vez “instrumentos de que las personas nos valemos para desarrollar la personal individual, sólo que colectivamente”. La verdad es que el funcionario se toma su tiempo para llegar al meollo de la cuestión, porque de lo que se trata es de que explique cómo los registros de un organismo público pueden ser, a la vez, privados (o secretos, para llamar a las cosas por su nombre). De esto, y siempre en el tono solemne que debe tener la prosa burocrática, Prieto ofrece una ayuda que, por reveladora, contribuye a esclarecer los motivos del secreto. Lo hace cuando dice que las personas jurídicas –lo es la fundación que preside Sobisch– “no sólo desarrollan la personalidad de sus miembros, sino que pueden defender los intereses propios de sus integrantes”. Los intereses propios de sus integrantes. Mucho más si el integrante es Sobisch, en 2007 presidente de la fundación y por lo tanto su más distinguido integrante, gobernador de la provincia, jefe del partido oficial, y candidato a presidente de la República. Vamos al grano, Prieto. Usted, yo y mucha gente sabemos que, de hecho, Fundepa funcionó como un organismo de apoyo a la candidatura presidencial de Sobisch, fundamentalmente en la recaudación de fondos. El lo dijo. Cuando este diario le preguntó por la financiación de su campaña, contestó: “tengo de Fundepa alrededor de 100.000 pesos por mes. Lo he ido gastando cuando lo necesité. Una vez dije que para una campaña presidencial lo mínimo que hace falta son 30 millones de pesos, que no los tengo. Habrá que juntar ese dinero si uno se decide a hacer la campaña. Pero dura 180 días. Lo otro es apronte, es ir instalando al candidato”. Es posible que el director no lea “Río Negro”. ¿Tampoco “Clarín”?, Porque a ese diario Sobisch le dio algunos detalles más de la recaudación. Como que, por ejemplo, los funcionarios políticos de la provincia aportan un porcentaje de su sueldo” y que los recursos así generados los manejaba Fundepa. “Río Negro” reprodujo en febrero de 2007 estas declaraciones, y agregó las de la diputado nacional Alicia Comelli, quien también hizo su aporte y dijo que los afiliados deben sostener a los partidos. Aclaró, como para evidenciar que todo se hizo con ejemplar limpieza, que le entregaron “recibo y factura”. O sea que, primero, la fundación sobischista no se constituyó para, según lo establece el código civil, propender al bien común. El beneficio fue para Sobisch, primero porque lo ayudó a recaudar para pagar los gastos de una campaña muy pero muy cara, y segundo porque, con el secreto que Prieto defiende con pasión de cruzado, ha servido, hasta hoy, para ocultar eventuales infracciones a las leyes electorales y de partidos políticos. Esta conducta de un funcionario público no tiene nada de novedoso. Hace algunos días este diario dedicó una extensa nota a informar sobre disposiciones incorporadas a la constitución neuquina con la reforma de 2004 que no han sido respetadas. Eso no es nada. La que reconoce el derecho a la información es de 1957, y la convención constituyente de 2004 –que, dicho sea de paso, presidió Sobisch– la convalidó, cambiando solamente el número del artículo, que pasó del 20 al 25 (no deja de ser un progreso). Prieto conoce ese artículo, cuya parte pertinente reproduce en su enjundioso texto: “no será trabado el libre acceso a las fuentes de información”. Fervoroso, exalta el principio: “Este acceso a la información constituye lo que se denomina principio de publicidad en los asuntos públicos y se basa en el fundamental derecho ciudadano de participar en los asuntos públicos con la máxima información posible”. Pero, “teniendo en cuenta que Fundepa es una persona de carácter privado, se encuentra amparada por el respeto a su derecho a la intimidad, en tanto bien jurídico protegido”. O sea que, Laura y Andrea, sonamos: los registros públicos del Estado como el de comercio, o el de proveedores y contratistas, o el catastro, o el de la propiedad inmueble, y por cierto el de Prieto, son secretos para el común de los mortales, y mucho más para los periodistas.

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