El Gobierno redefine los ajustes del gas: así será el nuevo esquema estacional de tarifas

A través de la Resolución 60/2026, la Secretaría de Energía restableció los períodos estacionales para el traslado de precios a las facturas. La medida busca alinear los cuadros tarifarios con el comportamiento de la demanda y los picos de consumo del sistema energético.

Redacción

Por Redacción

A través de la Resolución 60/2026 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía, bajo la órbita del Ministerio de Economía, oficializó una modificación clave en el mecanismo de actualización de las tarifas de gas.

La medida restablece los períodos estacionales para el traslado de los precios del combustible a las facturas que reciben los usuarios finales.

Con esta decisión, el Ejecutivo busca reordenar el calendario de ajustes, vinculando de manera más directa el costo de adquisición del gas por parte de las distribuidoras con los meses de mayor y menor consumo en el sistema energético nacional.


Invierno y verano: el nuevo calendario para el gas


La nueva normativa redefine los dos bloques temporales que regirán las actualizaciones de precios, dejando sin efecto esquemas previos para adaptarse a la implementación del Precio Anual Uniforme (PAU). A partir de ahora, el esquema queda dividido de la siguiente manera:

  • Período Invernal: se extenderá desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre.
  • Período Estival: abarcará desde el 1 de octubre hasta el 30 de abril del año siguiente.

Los motivos detrás del cambio en los ajustes


Desde la Secretaría de Energía, encabezada por María Carmen Tettamanti, argumentaron que la estacionalidad regulatoria debe responder primordialmente al comportamiento de la demanda. Dado que el sistema registra sus picos de consumo más críticos a partir de mayo, los cuadros tarifarios deben reflejar ese esfuerzo operativo.

La normativa ratifica que las variaciones en el costo del gas deben trasladarse a la tarifa final de forma «neutra». Según lo estipulado en la Ley 24.076, esto garantiza que las empresas distribuidoras o transportistas no obtengan ganancias extraordinarias ni sufran pérdidas por este concepto.


Implementación y obligaciones para las empresas


La resolución establece que las empresas distribuidoras de gas por redes deberán manifestar su aceptación a este nuevo esquema.

Sin embargo, el texto oficial aclara que se aplicará una «aceptación tácita»: si las compañías no presentan una negativa expresa, se considerará que aprueban la medida al momento de realizar el primer pedido de traslado de precios.

En la elaboración de esta medida intervinieron la Dirección Nacional de Economía y Regulación y el servicio jurídico del Ministerio de Economía, asegurando el marco legal para que los nuevos períodos estacionales comiencen a regir de inmediato en la planificación energética de este año.


A través de la Resolución 60/2026 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía, bajo la órbita del Ministerio de Economía, oficializó una modificación clave en el mecanismo de actualización de las tarifas de gas.

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