Trabas a las importaciones en Vaca Muerta: qué complica las aprobaciones del SIRA y cómo afrontarlo

El Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) es un régimen de control "más agresivo que los anteriores", marcó un especialista. Por eso, recomendó "observar la legalidad, los procedimientos y hacer los reclamos que por derecho correspondan".

El abogado especialista en materia energética, Julio Cesar Founrouge, explicó que el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) es «más agresivo que los regímenes anteriores». Ante ciertas inconsistencias expuestas por el referente y detalladas en esta nota, recomendó «observar la legalidad, los procedimientos y hacer los reclamos que por derecho correspondan«.

El análisis se desprende del webinar Restricciones a la importación y restricciones cambiarias en Argentina que se realizó hoy. Apuntó a las necesidades del sector energético teniendo en cuenta las restricciones actuales y las acciones recomendadas.

Las restricciones a las importaciones no es algo nuevo. «En 2018 comenzaron a afectar a más sectores y en la actualidad sumaron a más importadores». En 2015 se reglamentó el Sistema Integral de Monitoreo de las Importaciones (SIMI) que rigió hasta octubre del año pasado, cuando se instrumentó el SIRA, actual régimen de control.

El SIRA «es más agresivo. La estructura del régimen es similar al SIMI, pero agrega una Cuenta Única de comercio exterior para el monitoreo de los cupos de importación e incorporaron también al sistema a las entidades del sistema financiero», expresó. El actual régimen estableció pautas de monitoreo y de seguimiento a importadores respecto a «inconsistencias tributarias o uso abusivo de medidas cautelares, entre otros».

El régimen en sí está instrumentado como informativo. Se trata de un procedimiento previo al despacho de importación y al procedimiento propio del control aduanero. Por eso, «al momento de formalizar su despacho debería ser netamente informativo, de monitoreo». Sin embargo, esto no sucede en la práctica, ya que «hay un vicio legal en el que se instrumentó» permitiendo que defina si puede o no llevarse a cabo una operación.

Una vez ingresados los datos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) evalúa la situación del sujeto a partir de la información disponible en sus registros y el Perfil de Riesgo. Allí analizan si el «importador ha efectuado operaciones de sobrefacturación, subfacturación o ha desvirtuado el régimen con prácticas abusivas en proceso de investigación en la interposición de medidas administrativas o judiciales con relación a las operaciones«, se lee en la reglamentación.

Esto significa que quienes ingresaron medidas cautelares desde 2020 «se les impidió ingresar trámites al SIRA. Así no podían formalizar despachos de importación y si tenían mercadería en tránsito y había llegado a la zona primaria aduanera se veía en un problema serio», explicó. Esta medida no debería tomarse como restrictiva, detalló.

El régimen tomó numerosos organismos para el seguimiento que «conviene tener en cuenta para los riesgos operativos«, indicó. Estos son el Banco Central, la AFIP y la Secretaría de Comercio que conforman el Comité de Seguimiento de evaluación.

En mayo se sumó la Mesa de Asesoramiento de Comercio Exterior para Micro y Pequeñas Empresas, unidad que «trae un espectro de organismos intervinientes que pueden traer dentro del marco de sus competencias otros regímenes atados de la mano entre el control o seguimiento de las SIRA», remarcó el especialista.

Según explicó, desde principios de año hasta mitades de junio, periodo en el que estuvo visible la información de aprobación de los SIRA, solo un 10% del total pertenecen al sector de la minería y la industria hidrocarburífera. Señaló también que la mayor cantidad de aprobadas corresponden al comercio interior dado al interés por resguardar divisas.

El dato

10%
de las aprobaciones del SIRA corresponden a la industria minera e hidrocarburífera

El análisis de la Capacidad Económica Financiera (CEF) del importador estaba instrumentado con otro objetivo. En 2022, muchas de las empresas «comenzaron a verse afectadas por una cantidad de CEF que no se ajustaba a la realidad de la empresa. Las empresas productivas con un perfil exportador que operan con millones de dólares tenían un CEF de 50.000 dólares. Es la impunidad de la paralización de la actividad«, subrayó.

Con esta situación, las empresas comenzaron a solicitar transparencia en cómo se calcula el CEF. Sin embargo, «los planteos que hice yo no tuve respuesta alguna. Está habilitada la vía del amparo para forzar una respuesta, pero los clientes no quisieron hacerlo. Sin pautas de razonabilidad, los CEF se ajustaron un poco más a la realidad y pudieron seguir las operaciones«, comentó.

El Perfil de Riesgo es otro de los puntos cuestionados. «Entre octubre y febrero de este año muchas empresas se vieron bloqueadas para acceder al SIRA por haber ingresado medidas cautelares y la AFIP les indicaba que debían dirigirse y coordinar el desistimiento de estas acciones. No es lícito. Sin embargo, muchas empresas desistieron de las medidas, incluso las que ya tenían procesos judiciales concluidos», expuso.


Trabas a las importaciones: qué aspectos tener en cuenta si el SIRA está en observación


La SIRA debería aparecer como oficializada, observada o aprobada en salida. «Uno ingresa a la SIRA y la ve observada o en salida. Son raros los casos cuando está en salida de forma automática», detalló el especialista. Cuando aparece observada con motivo SC1, quiere decir que está siendo revisada por la Secretaría de Comercio.

En estos casos, el importador tiene que estar atento porque ese trámite pasa del SC1, sin mediar una comunicación, al SC3 o SC4. Si pasa al SC3, el especialista recomendó ir a la parte final de la resolución 523/2017 y ver «qué documentación tienen que remitir cumplimentando un requerimiento del organismo».

Si surge alguna dificultad para presentar esa documentación, se preparan escritos que dejan asentadas las complicaciones. «Siempre traten de completarla y contestar. Si no pueden cumplir con la documentación que están pidiendo, díganlo y hagan saberlo. Esto sirve para formalizar las críticas y planteos que correspondan», aconsejó.

«Si pasa a SC4 significa que está anulado«, explicó. A criterio de la secretaría de Comercio, ese SIRA fue dado de baja, aunque el régimen actual señale que debe aparecer como anulada. «Si el trámite aparece en forma automática en SC4, también hay un defecto«, ya que corresponden 10 días hábiles para corregir errores o inconsistencias. Sin embargo, en la práctica, pasan directamente sin esta posibilidad.

«Lamentablemente, hasta que no cambie de SC1 a SC3 tiene el SIRA en estado de incertidumbre y demorada sin aprobación por parte del organismo«, expresó. Si aparece SC6 también está anulado.

Para revisar esta situación, el especialista recomendó ir a la secretaría de Comercio y «solicitar aclaraciones al organismo de por qué está observando el trámite. En caso de no tener una respuesta en un plazo de 10 días hábiles, hacer los planteos impugnatorios contra los reglamentos involucrados vía reclamo propio en este caso«.

Subrayó «no dejar de hacerlo porque, lamentablemente, por el momento es la única vía que tienen para avanzar sin ir a un inicio judicial«, ya que si la AFIP registra una medida cautelar entre 2020 y la fecha, «bloqueará el acceso al SIRA», explicó.

En caso de haber declarado importaciones de pago inmediato o un pago a 30 días y encontrarse con demoras en la aprobación, «lo que lamentablemente sucede», el especialista recomendó dialogar directamente con el operador y explicar los motivos del retraso: «es un caso fortuito la demora por la aprobación del SIRA. ‘No me fue propio. Cualquier reclamo citamos al Estado para pedir explicaciones'».

Ahora no es posible acceder a las métricas y el control de transparencia que publicaba la AFIP. Por eso, su consejo final fue «manejarse con mucho cuidado. Vamos a tener que responder de la Argentina del exterior sobre cómo se están llevando a cabo las operaciones. Observar la legalidad, los procedimientos y hacer los reclamos que por derecho correspondan«.


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