Fallo a favor de los adicionales laborales

La Cámara de Trabajo de Viedma hizo lugar a una demanda realizada por una agente estatal.

Redacción

Por Redacción

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La Cámara de Trabajo de esta capital hizo lugar a una nueva demanda planteada por una agente estatal que busca la protección de la Ley 4.640. Esta norma exige la incorporación de todos los adicionales que perciben como sumas remunerativas sujetas a aportes, por lo que debe hacerse un saneamiento salarial de los afectados.

El tribunal interviniente hizo un meduloso análisis de lo actuado dando por tierra con los argumentos del Estado que se escudaba en razones presupuestarias para no reconocer este beneficio ajustado a derecho.

“La discusión sustancial traída a este Tribunal afecta esencialmente los derechos previsionales del acto”, afirmó el juez Jorge Bustamante que logró la adhesión de sus pares Eduardo Roumec y Rolando Gaitán.

Consideraron que “la incorporación de los adicionales como sumas remunerativas sujetas a aportes persigue la finalidad de que su futuro haber jubilatorio sea un reflejo real, y por lo tanto, legítimo de lo percibido en actividad”.

Al rechazar otras peticiones de la Fiscalía de Estado, los magistrados tacharon de “inaceptable” admitir que la administración “incumpla en los hechos” o “permanezca en silencio frente al reclamo de su aplicación”.

Por otro lado, evalúa los dos artículos de la mencionada norma en los se establece la reparación para aquellos agentes comprendidos en las edades de 50 años para las mujeres y 55 para los hombres. En ese texto, se menciona que el área de Hacienda de la Provincia “implementará” la norma de acuerdo a las partidas presupuestarias.

Para despejar dudas, el tribunal observó que en forma literal se menciona el término “implementará” con lo cual “no puede interpretarse (por parte del Estado incumplidor de la norma) como una ´facultad´ sino que su sentido explícito es el de crear un verdadero deber jurídico”.

En otro orden, destaca que cuando la norma se trató en la Legislatura rionegrina en 2010, el legislador Facundo López existe una definición clara sobre lo que implica el concepto “remuneración” en favor de los trabajadores.

Los magistrados resolvieron hacer lugar a la demanda presentada por los abogados Luis Pravato y Pedro Casariego, en representación de Mirta Manuel, y ordenar al Departamento Provincial de Aguas (DPA) la aplicación de la norma a partir de la fecha de su promulgación (26 de abril de 2011).

El fallo toma como basamento otros pleitos similares de varios empleados del Instituto de Desarrollo del Valle Inferior (Idevi), y cuyas sentencias se encuentran firmes y consentidas por la Provincia.

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