Caso Facundo Castillo: la referencia bíblica de Caín y Abel que culminó con una sentencia «bloqueada»

El juez Guillermo Merlo se refirió a un pasaje de la Biblia para explicar que la pena de Ramiro Gutiérrez no debía ser un acto de venganza. Fue uno de los argumentos para fijar los 12 años de condena. Esa decisión dejó a los acusadores sin posibilidad de recurrir la sentencia 

A pesar de que la Constitución garantiza la neutralidad religiosa en todas las decisiones del Estado, el juez Guillermo Merlo echó mano a un pasaje bíblico para explicar que la pena de Ramiro Gutiérrez no debía ser un acto de venganza. Con los 12 años que le impuso «bloqueó» el fallo y le negó la posibilidad de recurrir no sólo a la fiscalía sino también a la familia de Facundo Castillo, la víctima del homicidio.


Para el juez Guillermo Merlo el castigo que Dios le propinó a Caín por matar a su hermano Abel fue desmedido, casi un acto de venganza. Así lo describió en la sentencia para definir los 12 años de prisión que le otorgó a Ramiro Gutiérrez por matar a Facundo Castillo con su BWM, en diciembre de 2021 en Cipolletti. Trajo a colación ese desafortunado pasaje bíblico para explicar que en un Estado republicano liberal se debe tomar distancia de una sanción vengativa y que el desafío es “encontrar el equilibrio justo entre infracción y castigo”.

Pero, ¿es justo el castigo que recibió Gutiérrez? ¿Cómo cuantificó el juez para definir 12 años de prisión y no 10 ó 14 , por ejemplo? ¿La jurisprudencia? ¿Los atenuantes? Lo cierto es que la decisión de Merlo, juez técnico del proceso, “bloqueó” la sentencia para los acusadores que, por la pena impuesta, no podrán impugnar la decisión.


Sólo la defensa tiene potestad de impugnar para que se revise la condena. La normativa establece que una sentencia no puede ser recurrida si la pena supera la mitad de lo solicitado por las partes, en este caso fiscalía y querella. Tal vez esa fue una de las razones por la cual el querellante Juan Manuel Coto pidió 22 años de prisión.


Si Merlo hubiese dispuesto una pena de 11 años o menos, la querella contaba con ese recurso para que el Tribunal de Impugnación pudiera revisar si lo dispuesto por el nobel juez fue “justo”. Resulta difícil suponer que el magistrado no tuvo este aspecto presente al momento de definir la pena de Ramiro Gutiérrez. No así la fiscalía que solicitó 16 años y seis meses.

Familiares y amigos de Facundo criticaron el fallo



Para la familia y el entorno de Facundo la condena fue injusta y muchas personas se lo hicieron saber. Especialmente en las redes sociales donde el propio juez “colgó” una foto suya tomada el día de la sentencia acompañada por la frase «tarea terminada» . Una ola de críticas cayeron sobre el magistrado que decidió borrar el posteo en su cuenta de Twitter.


Entre otras cuestiones le recriminaron que había subestimado la decisión del jurado popular y también su acercamiento para saludar al papá de Facundo el día del veredicto.

En la sala 6 del Poder Judicial, después de la lectura de la sentencia de Merlo, familiares de Facundo lamentaron que la decisión no haya sido de Florencia Caruso, jueza natural del proceso que fue removida por el propio magistrado.

Es que Merlo, siendo uno de los funcionarios más jóvenes de la región, es el presidente del Foro de Jueces y Juezas de la Cuarta Circunscripción con asiento en Cipolletti. Fue él quien reunió el consentimiento de todas las partes para “sacar” a Caruso del proceso y decidió que él mismo sería el juez técnico del debate oral y público.


La resolución cosechó críticas y aplausos para Merlo. Por un lado permitió darle celeridad al proceso, que en ese momento obligó a suspender la selección de jurados con todo el tiempo y gasto que implica; pero también asentó un precedente peligroso de disponer ya que abre la puerta a la posibilidad de elegir jueces para los casos.


Con el diario del lunes, los defensores salieron victoriosos con esa maniobra porque se sabía que no estaban conformes con el manejo de Caruso. Más de una vez la jueza criticó a los abogados Carlos Vila Llanos y Martín Segovia por imponer recursos que dilataban el proceso.


Incluso el propio fiscal jefe Santiago Márquez Guana le pidió a Merlo – en los alegatos de cesura- que les haga pagar el costo del juicio a ellos por todas las audiencias “innecesarias” que obligaron a realizar antes del iniciar el debate oral y público. No hubo mención sobre este pedido en la sentencia. En cambio desde la familia de Facundo se escuchó decir el día del fallo que «al final nos hubiese ido mejor con la jueza Caruso».


Tambien cuestionaron el gasto que afrontó el Estado para encarar un juicio por jurados cuyo resultado final fue el piso para la modalidad de juzgamiento, es decir 12 años. En ese sentido hubo un juego de suma cero.


Aún restan días para definir si los abogados del condenado deciden recurrir la sentencia y aspirar al mínimo que pidieron en el juicio de cesura: los 8 años que habían ofrecido para abreviar en el control de acusación.


A juzgar por lo que dijo el hermano de Facundo, Emiliano Castillo en declaraciones a Río Negro Radio, parece difícil. El joven aseguró que desde el entorno de Gutiérrez festejaron los doce años que recibió. Cuestionó al magistrado alegando que había realizado «una carrera fugaz». El funcionario primero fue secretario, luego fiscal y ahora juez de juicio.


Con la pena de 12 años, Gutiérrez comenzará a tener beneficios, siempre y cuando cumpla con los requisitos, a finales de 2026. Es que la ley de ejecución establece salidas transitorias a partir de cumplir la mitad de la condena. Con el año y medio de prisión preventiva que acumula el joven de Roca, entre 2026 y 2027 cumplirá seis años de cárcel. A mediados de 2029 podrá acceder a la libertad condicional.


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