Caso Lolen: las 10 frases más fuertes del tribunal que absolvió a los guardaparques

El Tribunal Oral Federal de Neuquén absolvió a los cuatro trabajadores del Parque Lanín juzgados por el homicidio culposo de Matías y Martina, los menores que murieron por la caída de un roble pillin en 2016.

Los cuatro guardaparques acusados en el caso Lolen, el camping de San Martín de los Andes donde murieron dos niños por la caída de un árbol en 2016, fueron absueltos por el Tribunal Oral Federal de Neuquén en un veredicto conocido este martes a través de la plataforma Zoom.

Juan Jones, Diego Lucca, María Hileman y Matías Encina habían sido imputados por homicidio culposo por negligencia, luego de que un roble pellín cayera el 1 de enero de 2016 sobre Matías Mercanti de 7 años y Martina Sepúlveda de 2, provocándoles la muerte a ambos.

Este martes, el veredicto leído por el presidente del TOF Alejandro Cabral confirmó la absolución para los trabajadores del Parque Nacional Lanín, quienes previamente y a lo largo del juicio que se desarrolló en Neuquén recibieron el respaldo de sus colegas de otros parques del país.

Al repasar el veredicto, difundido esta tarde, el titular del Tribunal remarcó que la «impericia y negligencia» que la acusación adjudicó a los guardaparques no fueron probadas a lo largo del proceso, ya que «ciertos hechos son imposibles de predecir«, añadió.

A continuación, un repaso por las declaraciones y argumentos más relevantes del fallo que absolvió a los trabajadores del parque nacional imputados tras la muerte de los dos menores en el camping cordillerano.

1- «El lugar donde ocurrió el hecho es un parque nacional que pretenden proteger la naturaleza de la acción del hombre»

El presidente del TOF consideró en el veredicto que el objetivo del parque nacional es «mantener su estado natural evitando la contaminación ambiental«, por lo que las intervenciones, precisamente, deben ser mínimas y tender a esa finalidad.

2- «La causa tuvo muchos errores, se señalaron ciertas personas sin siquiera hacer una mínima investigación»

Cabral indicó que, por esa razón, «las familias de las víctimas tienen un ánimo negativo hacía los guardaparques«, quienes explicó «son los encargados de cuidar el parque, que no haya basura, que se respete la naturaleza y también brindar socorro a los turistas cuando lo necesitan».

3- «Las acciones de la asistente letrada de fiscalía de San Martín de los Andes (Inés Gerez) no fueron acertadas»

El magistrado apuntó contra las decisión de la fiscalía, ya que indicó, «llevaron a la confusión de las familias, imputados y público«, lo que no quiere decir sin embargo «que no se debe investigar». «Pero hay que hacerlo con prudencia, no señalando personas como responsables sin siquiera saber qué responsabilidad tenían», sostuvo.

4- «No hay casi antecedentes de este tipo de hecho que podía suponer que podía ser un peligro para los turistas»

En el veredicto, el titular del TOF repasó que «No hay antecedentes de que un roble pellín se haya caído en una playa pública» de la zona.

5- «El 90% de los árboles mueren de pie, nadie advirtió algo raro en dicho árbol que hiciera presumir que se podía caer»

«Marcioli, Cheuquepán y Vera transitan todos los días por ahí y nada pudo probar que ese árbol de iba a caer«, señaló el juez cuando leía el fallo.

6- «Luis Chauchar que hizo una guía, dijo: ‘No creo que pudiera advertir riesgo de caída'»

Cabral citó también al especialista, quien declaró como testigo en el juicio y en una recorrido aseguró que antes de esta ocasión, no había visto nunca caer a un roble pellín.

7- «No hay motivo de responsabilidad penal, nada de ello fue probado en el juicio»

El presidente del Tribunal Oral Federal de Neuquén aclaró que los cuatro guardaparques acusados «no tenían la función ni formación suficiente» como para establecer si un árbol podía colapsar, como lo hizo el que terminó con la vida de los dos menores.

8- «No hay norma que establezca qué árboles talar en cada temporada, no hay un procedimiento»

Señaló además que el fiscal «no explicó la función específica que tenían los guardaparques, sólo que deben cuidar sin explicar cómo se previenen hechos de la naturaleza».

9- «Si existe la probabilidad de caída, no es determinante que se corte, basta con colocar cartelería»

En ese contexto, el magistrado dijo que «lamentablemente» la respuesta del sistema penal no cumple con las expectativas de las víctimas».

10- «El derecho penal establece que la imposición de prisión es el último recurso para lograr convivencia social»

Remarcó sobre el cierre Cabral, para añadir que previamente pueden existir «responsabilidades administrativas y civiles«.


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