Le concedieron la libertad condicional a Susana Freydoz, condenada por la muerte de Carlos Soria

Así lo dispuso este miércoles el juez de Ejecución Penal de Roca. Deberá cumplir varias pautas de conducta para que no se le revoque el beneficio. La mujer fue condenada en noviembre de 2012 por el homicidio de su esposo y entonces gobernador de Río Negro, Carlos Soria. Agota la condena a finales de enero del 2030.

El 1 de enero de 2012, la habitación matrimonial de la vivienda ubicada en la Chacra 194, ubicada en la zona rural de la ciudad de Roca se tiñó de sangre. El entonces gobernador rionegrino Carlos Soria recibió un disparo en el rostro que causó minutos después su muerte. Su esposa, Susana Freydoz le había disparado con un revólver calibre 38. La población de Río Negro quedó conmocionada.
Once años y 109 días después, Freydoz accedió este miércoles a la libertad condicional. El juez de Ejecución Penal Fernando Romera accedió a concederle el beneficio a la mujer que fue condenada el 20 de noviembre de 2012 a 18 años de prisión por el homicidio de Soria.


El beneficio lo solicitó el defensor particular Estanislao Cazaux, y contó con el aval de la fiscal adjunta de Ejecución Penal subrogante, Susana Carrasco, y los informes favorables de las profesionales que la entrevistaron.

El juez concedió a Freydoz la libertad condicional con dispositivo de monitoreo electrónico GPS desde este miércoles y bajo la tuición de la intendenta de Roca, María Emilia Soria, según la resolución a la que accedió RÍO NEGRO.

Además, ordenó a Freydoz que continúe con el tratamiento psicológico recomendado de forma privada, como viene realizándolo hasta el día de la fecha. La mujer deberá cumplir varias pautas de conducta mientras dure el beneficio, porque agota la condena el 27 de enero de 2030.


Pautas que debe cumplir

El juez ordenó que no podrá ausentarse del domicilio que fijó en la ciudad de Neuquén, «sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido».
Deberá «abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas, no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social, no cometer delitos, no tener ni portar armas, no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial».

Además, tendrá que someterse «al cuidado del patronato en forma mensual, adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal, deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico GPS encendido y con batería permanente. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido».

El magistrado notificó a la dirección provincial de población judicializada que deberá hacer «el seguimiento del desenvolvimiento de Freydoz en el medio libre por medio de visitas quincenales y sorpresivas en el domicilio propuesto, remitiendo los informes correspondientes en forma mensual». «Asimismo, cualquier irregularidad deberá ser comunicada a éste Juzgado dentro de las 24 horas de conocida la misma», exigió Romera.

También, notificó a la Dirección Nacional de Migraciones «que el beneficio otorgado a la condenada Freydoz no implica la prohibición de salida del país, salvo que se ordene expresamente». «En caso de egresar del país, el condenado de referencia deberá presentar permiso especial otorgado por éste Tribunal, con fecha de regreso para continuar con el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en el beneficio oportunamente otorgado hasta la fecha de agotamiento de condena», aclaró en la resolución.


La madrugada dramática


Freydoz fue condenada por la exCámara Primera en lo Criminal de Roca como autora penalmente responsable de homicidio agravado por el vínculo bajo circunstancias especiales de atenuación.

La fiscal Laura Pérez le atribuyó el hecho ocurrido el 1 de enero de 2012, aproximadamente a las 4, en la vivienda ubicada en la Chacra 194, situada a la vera de la ruta provincial 6, en la zona rural de Roca.
Sostuvo que tras haber finalizado una reunión familiar por los festejos de Año Nuevo, Soria se retiró a descansar a la habitación que compartía con su esposa. Freydoz se encontraba junto a su hija, en el sector de la cocina-comedor. Allí, ordenaban y lavaban elementos que habían utilizado en la fiesta familiar.

La mujer dejó ese lugar y se dirigió a la habitación matrimonial. Cerró la puerta que separaba esa dependencia del resto de la casa de un “portazo”. Ya en el interior de la habitación, luego de mantener una breve discusión con su esposo, tomó el arma de fuego que se encontraba en ese lugar, un revólver calibre 38 marca “Smith and Wesson” y disparó contra Soria, que se encontraba acostado en la cama matrimonial. El proyectil entró en la zona malar izquierda, causándole lesiones encefálicas hemorrágicas y destructivas que a los pocos minutos le produjeron su muerte.

Los argumentos a favor de otorgarle el beneficio

En la audiencia que se hizo este miércoles en Roca, el defensor particular destacó ante el juez los informes oficiales señalaban que no hay un indicador que de cuenta de la transgresión de la prisión domiciliaria, que se le había concedido en noviembre pasado.

Afirmó que Freydoz «siempre cumplió con la prisión domiciliaria, así como en las salidas transitorias a los domicilios de sus hijos María Emilia Soria y Martín Soria (ministro de Justicia de la Nación)». Enfatizó que la mujer se encontraba en condiciones de que se le otorgue el beneficio de la libertad condicional. Ya cumplió más de la mitad de la pena.

La fiscal subrogante de Ejecución Penal dijo que Freydoz se encontraba en condiciones temporales. Valoró el informe favorable de la Licenciada Roxana Gavilan, que destacó «una buena evolución con aspectos positivos, solicita la continuidad con el acompañamiento terapéutico».

Aseguró que no se presentaban indicadores de transgresión de la prisión domiciliaria. La fiscal planteó en la audiencia que no contaba «con ninguna causa en la que interese su detención».

«La interna Freydoz dijo que quiere su libertad, que tres años de prisión domiciliaria con buen comportamiento, tiene ganas de continuar con su vida», indicó el juez en la resolución.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios