El cliente no siempre tiene la razón: un fallo revela los maltratos que sufren empleados de casinos

Condena por mobbing laboral en Roca. Una trabajadora fue víctima de agresiones y de persecución. Lo paradójico: uno de los ataques fue protagonizado por un funcionario de la Justicia.

“Puta de mierda”. “Negras de mierda”. “Inútiles”. “A esta le falta un novio porque no paga nada”. Cuatro textuales que aparecen en un reciente fallo de la Justicia rionegrina y que revelan el nivel de maltratos que sufren habitualmente las pagadoras en una sala de juegos.

La descripción de esas situaciones no fue realizada por una sola trabajadora sino por varias, que aportaron sus testimonios en una causa que terminó en condena para una empresa, porque los jueces consideraron acreditado que no se protegieron los derechos de una de sus empleadas.

Lo singular del caso testigo -ocurrido en Roca- es que una de las agresiones principales padecidas por la mujer fue protagonizada por un funcionario de la misma Justicia provincial.

De la sentencia -que está publicada en la web oficial y que fue muy comentada durante los últimos días en Tribunales- se desprende que ese representante del Poder Judicial era un asiduo concurrente al casino y que esa característica favoreció la aplicación de un concepto repetido por los supervisores: el cliente siempre tiene la razón.

Sin embargo, los integrantes de la Cámara Primera del Trabajo se mostraron lejos de esa teoría y ubicaron los hechos dentro de un caso de mobbing laboral, ordenando a la firma empleadora que pague una suma superior a los 3 millones de pesos a la trabajadora, de los cuales un tercio fue asignado por el daño moral ocasionado.

Cómo se acreditó el mobbing

El proceso judicial comenzó en el 2017, luego de que la mujer se considerara despedida, porque no le pagaron el sueldo cuando contaba con un certificado médico que recomendaba su licencia, por razones de salud.

En esa presentación afirmó que desde su ingreso se desempeñó “en un ambiente de trabajo hostil, de violencia psicológica y acoso moral”, avalado por sus superiores.

En concreto, las acusaciones se centraron en un supervisor en particular, quien “les propiciaba un trato denigrante y obstaculizaba el desarrollo de sus tareas”, pero la denuncia también destacó que “frente a ello la gerencia minimizaba los hechos o justificaba el maltrato frente a la supuesta falta de eficacia en el trabajo”. 

En ese sentido, también se mencionó que en una oportunidad fueron 15 los trabajadores que presentaron una nota en conjunto, denunciando ante el área de recursos humanos del casino el hostigamiento recibido, pero no consiguieron medida alguna de parte de los directivos de la empresa.

El fallo de la Cámara Primera del Trabajo de Roca contiene el testimonio de seis excompañeros de la mujer, quienes validaron la denuncia y agregaron detalles sobre el contexto en el que cumplían tareas.

“Era normal que te putearan o amagaran irte encima; más a las mujeres; también había chicas muy marcadas. Muchas veces los clientes se descontrolaban, hay clientes habituales que eran intocables por eso mismo. Se hizo un reclamo en la Secretaría de Trabajo por el maltrato, en el 2015, por ahí; en el INADI también. De ahí empeoró todo”, describió una de ellas.

Otra mujer contó ante la Justicia que “los clientes, algunos van a distraerse y otros si pierden se enoja o insultan; les pasa a todos; la típica es que te digan “a esta le falta un novio porque no paga nada” o “conchuda”, o golpear a mesa”.

“Golpean la máquina, se enojan cuando pierden, insultan al pagador, insultan igual a hombre y mujer”, agregó antes de advertir que “la política es que el cliente siempre tiene la razón”.

El golpe de un funcionario judicial

Y dentro de esa ronda de testigos, tres de los citados detallaron lo que ocurrió a la denunciante con el defensor oficial de la Segunda Circunscripción Judicial, Miguel Salomón.

“Un cliente le pegó en la mano; el cliente es habitual, Salomón, le decimos “el doctor”; creo que es verdad; ella avisó al supervisor”, dijo una exempleada, quien recordó que esa agresión fue informada a los gerentes y “ellos le dijeron que entendiera al cliente porque iba perdiendo”.

“Por compañeros sé que un cliente, Salomón, se puso violento con ella; que le pegó una piña con el sabot de madera, inclinado, donde van las cartas; eso escuché”, fue el relato de otra testigo.

Con la documentación recibida, los testimonios y con la defensa de la empresa (Crown Casino SA), los jueces Paula Bisogni, Walter Peña y María del Carmen Vicente concluyeron que “existió un maltrato continuo y recurrente” hacia la denunciante en el ámbito laboral, “en particular por el directo accionar del supervisor”, aunque “también de otros superiores” que aun en forma menos marcada, dieron a la mujer “un trato discriminatorio -por su condición de afiliada al sindicato Secner y en represalia a reclamos efectuados-, perjudicándola con sobrecarga de tareas, extensión de su jornada, reducción de tiempo de descanso, y malos tratos verbales”.

De esa manera, se condenó a la empresa a pagar $ 3.051.429,40, de los cuales $ 981.540 fueron por daño moral y $ 41.969,32 por daño psicológico, incluyendo los intereses correspondientes desde el 2017 a la fecha.

El fallo no está firme, ya que puede ser apelado por la demandada, ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.


La defensa de la empresa


La empresa Crown Casino SA negó todas las imputaciones volcadas en la denuncia inicial y además presentó una nota en la causa, informando que el supervisor cuestionado había renunciado a la empresa en mayo del 2016. 

La firma negó que hayan existido actos de discriminación hacia quien era su empleada, asegurando que fueron descartados en estudios realizados en la empresa, resultando abstractos y desactualizados los informes presentados ya que el supervisor denunciado no pertenece más a la empresa.

Por eso concluyeron que no existían elementos probatorios suficientes que acreditaran una conducta encuadrable en los términos de la ley 23592.  

Por los jueces entendieron que “por el contrario, en esta causa sí se han producido pruebas que acreditan el maltrato y hostigamiento sufrido por la actora, entre otras trabajadoras, en el desempeño de su labor, conforme los hechos que se tuvieron por probados en los puntos precedentes”. 

“Las declaraciones testimoniales recibidas han sido claras, convincentes y concordantes en cuanto a los elementos de juicio proporcionados. El hecho de que algunos de los testigos fueron desvinculados o hubieran efectuado reclamo hacia la empresa, no obsta a la consideración de su testimonio, apreciado en conciencia”, indica el fallo emitido el 6 de diciembre pasado.


“Una situación que perduró varios años”


El fallo de la Cámara Primera del Trabajo de Roca advierte que lo ocurrido “no se trató de una irregularidad o inconducta” aislada o puntual del supervisor que tenía la empresa hacia el 2017 “sino que fue una situación que perduró varios años, y que era conocida por la empresa”.

“El maltrato sostenido a lo largo de varios años va mellando la autoestima, seguridad e integridad del trabajador, máxime si se siente desprotegido por la empresa, exponiéndolo a sufrir trastornos físicos o psicológicos. No es un dato menor que al menos otras dos trabajadoras del sector se encontraran por la misma época bajo licencia psicológica”, resaltaron los jueces.

Por eso indicaron que “el daño no desaparece automáticamente con la salida” del supervisor, porque las conductas de maltrato y persecución hacia la empleada “provenían también de otros jefes, y eran vistas por sus compañeras como que la actora estaba «marcada» y también como represalia por su afiliación a Secner”.

Los magistrados consideraron que “resulta reprochable que la empresa tolerara los malos tratos e insultos de los clientes cuando perdían en el juego, hacia las pagadoras en forma altamente descalificante y que afectan su dignidad, incumpliendo la obligación de todo empleador de preservar el respeto, la salud e integridad psicofísica de sus trabajadores”.

“Se trataba de una conducta repetida y habitual en la sala de juego, que no era desconocida por los superiores de la empresa”, indicaron.


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