El protocolo de violencia laboral de Neuquén se aplicará también fuera de las oficinas

Regirá para cualquier situación de acoso o agresión que ocurra en viajes, comisiones de servicio, alojamientos o actividades de formación relacionadas al trabajo en el Estado.

El protocolo de intervención para situaciones de violencia laboral, acoso y/o discriminación, que será de aplicación obligatoria para quienes se desempeñen en el Poder Ejecutivo, organismos centralizados y descentralizados de Neuquén, abarcará no solo los actos que se cometan en las oficinas del Estado, sino también en los viajes, comisiones de servicio, alojamientos o actividades de formación relacionadas con el trabajo.

El documento completo se publicó en el Boletín Oficial de ayer, con lo cual ya está vigente. Resta integrar el equipo de la oficina de intervención laboral, que tendrá cinco integrantes y dependerá del ministerio de Economía. Su función será la de recibir las presentaciones. En este caso los cargos serán nombrados: un abogado o abogada, profesionales del área social, de psicología, de recursos humanos y de salud ocupacional.

El protocolo define la violencia, el hostigamiento y acoso en el mundo del trabajo -en línea con el Convenio 190 de la OIT al que Argentina adhirió- «como aquellos comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico.»

Pueden provenir de niveles jerárquicos superiores, del mismo rango o inferiores.

¿Qué conductas alcanza? La discriminación laboral, la agresión física o psicológica y el acoso sexual. También el ciber-acoso, que es el hostigamiento que se lleva adelante por medios virtuales: correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería de textos, distribución no consentida de datos, audios o imágenes. Además de la violencia económica, que comprende la amenaza, perturbación o pérdida de los derechos económicos, patrimoniales, remunerativos de la persona trabajadora.

Se contemplan acciones de acompañamiento para quienes vivan situaciones de violencia de género en el ámbito doméstico.

Los municipios y comisiones de fomento están invitados a adherir. Aún resta saber que harán los Poderes Legislativo, Judicial y el Consejo de la Magistratura, por ejemplo.

Se presentó oficialmente la semana pasada, tras la renuncia de dos miembros del gabinete del gobernador, Omar Gutiérrez, denunciados por maltrato, acoso y abuso sexual: Adrián Urrutia ex subsecretario de Diversidad y Ernesto Seguel, responsable del área de Trabajo.

Cómo funcionará


La persona que solicite la aplicación del protocolo deberá hacer la presentación (puede ser una denuncia, consulta, pedido, reclamo) ante la oficina de intervención laboral, sin perjuicio de su modalidad de contratación, ya sea planta política o permanente.

El equipo de la oficina tiene entre sus tareas previas informar a la máxima autoridad del organismo en el cual se produce la situación para que evalúe el inicio de un sumario administrativo, que puede terminar en una sanción. Si la presentación contuviera la presunción de que se está cometiendo un delito deberá comunicarlo a la fiscalía y al Centro de Atención a la Víctima. Esto es importante aclararlo: el protocolo es una de ruta que no reemplaza estas vías.

Habrá una instancia de entrevista y asesoramiento, lo cual conllevará la firma de un consentimiento informado, y se elaborará un informe que contendrá entre otros puntos la información sobre lo actuado y las medidas de intervención y protección que se recomiendan. Pueden ser solicitar al organismo donde se generó la situación la modificación temporal de las tareas y/o el espacio físico si es que lo comparten. En el caso de quien fue afectada puede sugerir que acceda a la licencia por violencia de género.

El proceso será confidencial y en todo momento se respatará la voluntad de quien lo impulsa en cuanto a las acciones que decida realizar. Respecto a los plazos, cada actuación no podrán superar los cinco días hábiles administrativos y si es urgente (porque se encuentra comprometida la vida e integridad) no mayor de dos días hábiles.

Está contempladas las presentaciones que pueden hacer personas que tomen conocimiento de hechos graves, incluso de forma anónima.

La comisión


A la par de la oficina habrá una comisión de prevención de la violencia laboral, que funcionará en el ámbito de la jefatura de Gabinete, y que estará formada por cinco representantes de los organismos que tengan competencia: en derechos de las Mujeres, en materia de Diversidad, de Trabajo, de Empleo Público y de Derechos Humanos.

En este caso será responsable de la producción de información estadística. Hará un seguimiento cualitativo y cuantitativo de la violencia laboral en el Poder Ejecutivo, en base al registro de intervenciones realizadas en el contexto del protocolo, preservando el anonimato.

No podrán ser parte ni de la oficina ni de la comisión quienes hayan sido denunciados por cualquier tipo y modalidad de violencia de género, quienes estén inscriptos en el registro de deudores alimentarios morosos y/o en el de violencia, y quienes tengan antecedentes penales.


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