Estafa con viviendas en Roca: compró materiales y nunca llegaron, la Justicia ordenó una indemnización
Un hombre de Roca, que pagó casi un millón de pesos por materiales de construcción que nunca recibió, obtuvo una sentencia judicial que condena a los dueños del corralón a abonarle una indemnización.
El hecho que dio origen al conflicto judicial se remonta al 3 de mayo de 2022, cuando un vecino de Roca, con la esperanza de avanzar en la construcción de su vivienda, adquirió una gran cantidad de materiales en un corralón de la ciudad. La compra ascendió a la suma de $985.586, un esfuerzo económico considerable para el comprador. Sin embargo, lo que se esperaba que fuera una transacción comercial común se transformó en una pesadilla de incumplimientos, falsas promesas y la anulación de un cheque, dejando al cliente en la incertidumbre y sin los materiales esenciales para su proyecto.
El relato del demandante ante la Justicia es una sucesión de reclamos infructuosos. Inicialmente, los dueños del corralón le achacaron las demoras a sus proveedores, una excusa común en la jerga comercial.
Sin embargo, la situación escaló cuando, en lugar de entregarle los materiales o devolverle su dinero en efectivo, le entregaron un cheque por un monto inferior, el cual fue anulado antes de su vencimiento. Esta maniobra, que los dueños justificaron falsamente ante el banco, dejó en evidencia una conducta deliberada y dolosa, no solo un simple incumplimiento contractual, sino un acto de mala fe que generó un perjuicio patrimonial y un profundo daño moral en la víctima.
Rebeldía en el fuero civil y antecedente penal por estafa
Un factor determinante en este caso fue la actitud de los demandados. A pesar de haber sido debidamente notificados, los dueños del corralón no se presentaron en el expediente civil para contestar la demanda ni para ejercer su defensa.
Ante esta omisión, el tribunal los declaró en rebeldía, una figura procesal que, en el contexto de la legislación rionegrina, exime a la parte actora de la carga de probar los hechos que relató, siempre y cuando no sean inverosímiles. Para el juez, los hechos narrados por el cliente, respaldados por la documentación de la compra y el cheque, eran totalmente creíbles.
La legitimación del dueño en la demanda, a pesar de que la titular del corralón era su pareja, no fue cuestionada. Los testigos de la causa lo señalaron como propietario del negocio y se acreditó que su apellido, era parte del nombre de fantasía del comercio.
Además, la sentencia hizo una referencia clave a un antecedente judicial que fortaleció la postura del demandante: ambos demandados ya habían sido condenados en el fuero penal por el delito de “Estafas reiteradas” en diez hechos.
La sentencia penal condenatoria, ya firme, resultó una prueba irrefutable del modus operandi de los dueños del corralón y de su conducta fraudulenta, lo que dejó en claro que este caso no era un hecho aislado.
El resarcimiento del daño patrimonial y la frustración
El fallo civil se centró en la reparación integral del daño sufrido por el demandante. Se le reconoció el daño patrimonial, que corresponde al monto que abonó por los materiales de construcción que nunca recibió, por un total de $985.586.
El juez consideró que, al tratarse de una obligación de resultado que los demandados no cumplieron, el resarcimiento económico era una consecuencia directa de su accionar. Este rubro no solo incluye el valor nominal, sino que se le sumarán los intereses correspondientes desde la fecha en que se realizó la compra.
Sin embargo, el monto más significativo de la sentencia fue la indemnización por daño moral, que el tribunal fijó en $4.000.000. Este rubro, que busca resarcir los padecimientos extrapatrimoniales, fue un punto central en el análisis del juez.
La sentencia destaca que el sufrimiento, el estrés y la ansiedad del cliente no se pueden reducir a un número, pero se deben compensar. Los testigos confirmaron que el actor tuvo que vender su auto para poder terminar la construcción de su casa, y que había tenido que solicitar un crédito para poder adquirir los materiales.
Para cuantificar el daño moral, el juez aplicó un “diálogo de fuentes” entre el Código Civil y Comercial, la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor, y recurrió a la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia. Además, el fallo cita jurisprudencia de otros casos similares en la región para establecer un parámetro de razonabilidad en el monto.
Se mencionó los precios de bienes y servicios sustitutivos que podrían brindar una “satisfacción compensatoria” al damnificado, como viajes o productos tecnológicos, demostrando un enfoque moderno y actualizado en la valoración del daño moral.
El rechazo del daño punitivo y el monto final
A pesar de la gravedad de los hechos y el antecedente penal de los demandados, el tribunal rechazó la aplicación del daño punitivo solicitado por la parte actora. Aunque este tipo de sanción tiene como objetivo castigar la conducta del proveedor y desincentivar futuros incumplimientos, la jueza consideró que la sanción tiene un carácter “verdaderamente excepcional” y solo aplica en casos de “particular gravedad, dolo o culpa grave” que no se habrían acreditado completamente en el expediente civil.
El magistrado sostuvo que, si bien hubo un incumplimiento contractual grave y un comportamiento reprochable, no se probó una conducta reiterada que deba evitarse a futuro mediante la aplicación de daños punitivos.
La sentencia final es de primera instancia que resultó de la suma de los rubros admitidos, ascendió a un total de $4.985.586, más los intereses correspondientes. La condena, que todavía puede ser apelada, recae sobre el propietario y su pareja. El juez dispuso que la suma deberá ser abonada en un plazo de diez días hábiles desde la notificación del fallo.
El hecho que dio origen al conflicto judicial se remonta al 3 de mayo de 2022, cuando un vecino de Roca, con la esperanza de avanzar en la construcción de su vivienda, adquirió una gran cantidad de materiales en un corralón de la ciudad. La compra ascendió a la suma de $985.586, un esfuerzo económico considerable para el comprador. Sin embargo, lo que se esperaba que fuera una transacción comercial común se transformó en una pesadilla de incumplimientos, falsas promesas y la anulación de un cheque, dejando al cliente en la incertidumbre y sin los materiales esenciales para su proyecto.
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