Escrachó a un abogado por Facebook y deberá indemnizarlo por afectar su imagen, en Cipolletti

Una persona utilizó adjetivos descalificativos contra un profesional en la red social y la justicia la condenó a pagarle una suma de dinero que compensa el daño moral sufrido.

Una persona de Cipolletti realizó comentarios ofensivos sobre un profesional y fue condenada por afectación a la imagen y el honor, el procedimiento se llevó a cabo en el ámbito civil. Confirmaron que deberán indemnizar al damnificado ya que tuvo la posibilidad de retractarse y no lo hizo.

Según detallaron, la sentencia hizo referencia al equilibrio que debe existir entre la libertad de expresión y otros derechos de la misma jerarquía como la honra y la reputación.

En el juicio se estableció que la persona condenada deberá pagarle una suma de dinero que compensa el daño moral sufrido.

Describieron que la publicación en la red social fue realizada por una amiga de la persona que redactó el mensaje ofensivo. Comentaron que la autora del posteo había tenido trato con el profesional, «en los comentarios de la plataforma se consignaron adjetivos descalificativos hacia el experto«, confirmaron.

Al recibir los mensajes descalificativos, el hombre le envió una carta documento para que se retractara pero al no hacerlo, avanzó con un juicio civil por daños y perjuicios.

«El profesional probó que el mensaje había afectado sus derechos personalísimos, entre ellos la imagen, la dignidad y el honor. Y que no solo lo había perjudicado en su ámbito de incumbencia sino en su círculo íntimo, ya que debió ofrecer explicaciones a su entorno familiar», establecieron en el fallo.

Durante la instancia judicial, confirmaron que la persona sometida contaba con los recursos para realizar una denuncia ante los organismos correspondientes si es que ella consideraba que el profesional no había actuado con diligencia.

En el fallo se utilizó un precedente de Córdoba que traza un paralelismo entre las redes sociales y el circo romano. “Es un foro en el que se puede atacar o de mínima debatir, sin moderador y sin posibilidad de defensa y menos de contraprueba de los hechos (al menos en lo inmediato), y en el que cualquier refutación posterior, no borraría los daños y el impacto ya generados. Ello nos debe llevar a tener especial cuidado y apelar a la equidad como criterio normalizador de una situación que se salió de quicio”, detallaron en esa sentencia.


Qué estableció el fallo en el juicio de Cipolletti


En juicio realizado en Cipolletti argumentaron que se buscó el equilibrio entre dos derechos con jerarquía constitucional. «El primero se refiere a la libertad de expresión y el segundo al honor de las personas», establecieron.

Y detallaron que «el hecho de que la Constitución habilite a publicar ideas en internet no significa impunidad, ya que si en esta difusión se vulneran otros derechos personalísimos se debe responder por los daños», se afirmó en el fallo.

El fallo es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelado.


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