Jardín 31 de Neuquén: qué dijo el juez sobre la detención del docente acusado de abuso

El juez procuró que su explicación sea comprendida por los padres de las víctimas presentes en la sala. Por qué descartó todos los planteos de la fiscalía y las querellas.

El plazo máximo de 18 meses de la prisión preventiva no es inconstitucional, la defensa no perpetró maniobras dilatorias para que el tiempo corriera, y la complejidad del caso no justifica de manera automática la prórroga de la detención. Fueron algunos de los argumentos del juez Marco Lupica Cristo que abren la posibilidad de que el 7 de enero, el docente acusado de abusos en el jardín 31 de Neuquén recupere la libertad.

El juez de Garantías dio a conocer su decisión el viernes a la mañana. En la jornada del jueves escuchó la postura de las partes acusadoras y de la defensa, en una audiencia que se hizo larga por la cantidad de planteos y por un inoportuno corte de luz que impidió que el docente se conectara desde la cárcel de Senillosa, donde está alojado.

Las audiencias fueron a puertas cerradas, pero diario RÍO NEGRO pudo saber que Lupica Cristo trató de que su decisión fuera comprendida en especial por los 15 padres de alumnos que estuvieron presentes en la sala.

De 24 hechos a 3


El docente estaba acusado de 24 hechos de abuso sexual. El Tribunal de Impugnación dejó en pie solamente tres, por los cuales irá a juicio por jurados en fecha a determinar. Respecto de los otros 21, señaló que la fiscalía debe seguir investigando.

Para la fiscalía, las querellas y la defensa, el Tribunal debió sobreseer en esos 21 casos. Como no lo hizo, irán a la sala penal del Tribunal Superior de Justicia. Las partes acusadoras para que revoque el fallo, la defensa para que dicte el sobreseimiento.

La acusación está representada por el fiscal de Delitos Sexuales, Manuel Islas; la querellante institucional, defensora adjunta de los derechos del Niño, Niña y el Adolescente, Andrea Rapazzo; y las querellas particulares Gustavo Lucero, Manuela Castro, Gisella Moreira, Celina Fernández y Marcelo Sterz. El defensor del docente es Gustavo Palmieri.

Razonable y suficiente


El juez Lupica Cristo señaló en su resolución que el plazo de 18 meses es razonable y suficiente para garantizar un proceso penal eficiente. Elogió que la provincia haya establecido ese límite para ejercer su poder de policía.

En similar sentido señaló que la protección de las víctimas puede ser garantizada sin necesidad de prolongar la prisión preventiva más allá de lo que establece el Código.

Consideró esencial que una persona sea llevada a juicio y eventualmente condenada de manera legítima y legal, para evitar que se produzca una revocación, un nuevo juicio, con la consecuente revictimización.

Lupica Cristo dijo también que la tutela judicial efectiva, el acceso a la justicia y el interés superior del niño son derechos fundamentales que se ejercen independientemente de si el imputado está con prisión preventiva.

Respecto de las alegadas maniobras dilatorias de la defensa, no estuvo de acuerdo. Destacó que todas las prórrogas fueron autorizadas por un juez, y habló del derecho de defensa.


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