Juicio por la verdad en Roca: se probó que la tía abusó sexualmente de su sobrina pese a que el caso prescribió
Una joven de Regina víctima de abusos durante la infancia encontró algo de reparación luego de que un tribunal fallara para darle la razón. Su tía, acusada, no tendrá condena pero se determinó que fue autora de los hechos. Es el primer juicio por la verdad por delitos sexuales en Río Negro.
Hace unos meses cuando finalizó su juicio por abuso sexual, a Camila le dijeron que ya no había más que hacer. La causa había prescripto. Fue una más de las denunciantes que “llegó tarde” y su sed de justicia por un trauma que no vence en sus recuerdos, era ya un trámite vencido.
Su tía, Erna Vidal Sandoval, abusó sexualmente de ella en Regina desde sus 5 hasta sus 15 años y pese a ser absuelta por prescripción de la acción penal en un debate oral en marzo; con un juicio por la verdad, la víctima encontró algo de justicia.
El 31 de octubre, la víctima obtuvo una sentencia que le dio la razón. Por unanimidad, el tribunal de juicio compuesto por Alejandro Pellizzon, Fernando Sánchez Freytes y Laura Perez determinó que los hechos de abuso sexual existieron y que su tía, Erna Vidal Sandoval, es responsable.
En el juicio por la verdad, se analizó únicamente la existencia o no de los hechos y la autoría que le pudo caber a Erna Vidal respecto de los delitos que habían sido llevados a debate oral en marzo. Si bien la absolución de la mujer se confirmó y no deberá cumplir una condena, el tribunal por unanimidad confirmó la versión de la víctima.
El juicio ordinario se había llevado a cabo del 14 al 22 de marzo de este año y concluyó con la absolución de la imputada, pero no por hallarla inocente, sino por prescripción de la acción penal, es decir, por quedar fuera de los plazos de la Ley para dictar sentencia.
De esta manera, se determinó que Erna Vidal Sandoval se aprovechó de su condición de cuidadora de su sobrina y abusó sexualmente de ella mientras su madre trabajaba ininterrumpidamente y un número indeterminado de veces, desde que era una niña de 5 años hasta sus 15, cuando la víctima se fue de la ciudad.
“Si bien no la condenaron, yo creo que de alguna u otra forma recibe una condena social (…) Creo que valió la pena”, analizó Camila, tras compartir esta sentencia e inmediatamente recordó el día en que lloró con su mamá a la salida de la Ciudad Judicial.
“Se confirma, más allá de toda duda razonable, lo adelantado respecto tanto la existencia histórica de los hechos traídos a juicio, como de la autoría de la imputada en los mismos, conforme acusara el Ministerio Público Fiscal en su alegato de cierre, con la aclaración efectuada respecto de la fecha en que concluyeron los mismos -5/7/2009”, reza la sentencia del juicio por la verdad. “Se tiene por probada la autoría de Erna Isabel Vidal”, se agrega en el veredicto.
“Hay que denunciar. A veces por prescripción no pueden llegar mucho más que a lo que llegué yo, un juicio de la verdad. Lo importante es sanar todo eso que vivió y buscar todos los recursos necesarios para seguir adelante y sacar todos esos monstruos que nos persiguen desde la infancia”, concluyó Camila, quien hoy tiene 29 años.
Ella pudo denunciar diez años después del último hecho, a sus 25 años cuando empezó una seguidilla de problemas intrafamiliares. Ahí fue cuando Camila tomó la decisión de hacer la denuncia penal. “Tenía un rechazo pero no sabía por qué. Hasta que mi abuelo falleció y ahí empezaron los recuerdos de todo. Yo traía recuerdos pero me sentía culpable, cochina y sucia por haber estado con una mujer mayor, porque nunca lo había entendido como un abuso”, relató en marzo, en una entrevista con RIO NEGRO.
Juicios por la verdad: el primero en delitos sexuales en Río Negro
Los juicios por la verdad constituyen procedimientos judiciales por el que los hechos pueden investigarse pero sin consecuencias penales para los acusados.
A nivel nacional, surgieron como una vía para aportar información a los familiares de víctimas de la dictadura militar en los 90, cuando los indultos presidenciales a los represores y las leyes de Punto Final y Obediencia Debida hicieron inconducentes muchos procesos.
No obstante, hay antecedentes de aplicación de este procedimiento judicial en casos de abuso sexual infantil donde el crimen investigado ya estaba prescripto. En Río Negro, con el nuevo código, este es el primer caso de juicio por la verdad respecto de delitos sexuales; y el primero en Roca, en general, según informó un magistrado.
Este diario pudo recabar otros antecedentes de juicios por la verdad, uno de 2007 con el código anterior y otro de 2022 que no inició originalmente como juicio por la verdad, pero terminó siendo una «sentencia por la verdad». En ese caso, el imputado había sido declarado culpable de abuso sexual simple y al momento de la audiencia de cesura para definir el monto de la pena se advirtió que la acción penal había prescripto antes de la declaración de culpabilidad. Por eso, ese veredicto de culpabilidad se transformó en sentencia por la verdad y no se le pudo imponer la pena.
Hay numerosas causas de abusos en las que hay mujeres involucradas como cómplices y prestando colaboración con el delito cometido por algún hombre de su entorno, pero pocas en las que son acusadas de autoras.
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