Jurado popular culpabilizó a un hombre y una jueza anuló el fallo: la fiscalía la impugnó
El hecho fue un abuso sexual contra una niña. En noviembre de 2025 se dio a conocer el veredicto.
En un particular hecho que se registró con una causa judicial, un tribunal de Impugnación deberá resolver un planteo que hizo la fiscalía de Cutral Co porque una jueza de Garantías anuló el veredicto de culpabilidad que había emitido un jurado popular. El caso en cuestión está relacionado a un delito de abuso sexual hacia una niña que luego se suicidó. La fiscalía reclamó que no se respetó la decisión de un jurado popular.
La presentación la elevó el fiscal jefe, Gastón Liotard, con asiento en Cutral Co ante el tribunal de Impugnación conformado por las juezas Estefanía Sauli y Florencia Martini; y por el juez Richard Trincheri y quienes deberán resolver la cuestión.
El hecho ocurrió en Plaza Huincul y un varón -identificado por sus iniciales como J.C.F- llegó a juicio en julio de 2024. Fue llevado adelante por un jurado popular. Al hombre se lo encontró responsable de haber abusado sexualmente de una niña que horas después se suicidó.
En la audiencia de esta semana, Liotard señaló ante el tribunal que la decisión de anular ese veredicto «quebrantó el sistema de juicio por jurados». En esa línea sostuvo que constituye un caso de «gravedad institucional», tal como se informó.
En principio, de acuerdo a lo presentado por la fiscalía, el hecho se produjo en una casa de Plaza Huincul, donde la víctima que era una adolescente sufrió un abuso sexual, tras el que decidió quitarse la vida. En esa instancia, la fiscalía sostuvo que el imputado convivía en el mismo entorno familiar y que fue el autor de la agresión.
Sin embargo, lo que la fiscalía cuestionó y por esta razón llegó a la instancia de impugnación, es que este mes, la jueza de Garantías, Laura Barbé, anuló el veredicto de culpabilidad dictado el 7 de noviembre de 2025 por un jurado popular. El delito fue el de abuso sexual agravado, seguido de muerte.
Una vez que se conoció el veredicto, se convocó a la audiencia de cesura para definir la pena, pero la jueza Barbé -según planteó Liotard- intentó apartarse del caso. El fiscal jefe expresó que la magistrada sostuvo que el conocimiento integral de la prueba afectaba su imparcialidad, aunque ese planteo fue rechazado por otros jueces.
Durante la audiencia de cesura se tenía que resolver qué pena debía purgar el hombre, la magistrada resolvió declarar la nulidad del veredicto mediante un control de constitucionalidad.
Ante esta situación es que Liotard dijo que la jueza Barbé revisó la valoración de la prueba realizada por el jurado popular, algo que no le está permitido a un juez técnico.
«Se convirtió en la jurado número 13”, subrayó Liotard. Cuestionó que la jueza analizara testimonios, pericias y evidencia científica para concluir que no se había superado el estándar de duda razonable. Afirmó que desconoció el carácter soberano del veredicto popular y que «afectó principios constitucionales vinculados al juez natural y al sistema republicano».
En ese contexto, pidió que la resolución sea anulada y que se realice una nueva audiencia de cesura ante otro magistrado.
Por su parte, la defensa del acusado, solicitó que se mantenga la nulidad del veredicto. Consideraron que la jueza Barbé actuó dentro de sus facultades al ejercer un control de constitucionalidad y remarcaron que, a criterio de la defensa, el veredicto presentaba arbitrariedad e incongruencias.
Ahora, el tribunal de Impugnación tiene un plazo de diez días para dar a conocer su decisión.
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