La condenaron a 10 años por dos causas de narcotráfico en Roca y seguirá cumpliendo la pena en su casa
Una mujer de Roca fue condenada a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, pena unificada por dos causas de drogas. El Tribunal Oral Federal le mantuvo el arresto domiciliario que ya tenía.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca dictó sentencia en una causa por narcotráfico, condenando a una mujer a una pena unificada de 10 años de prisión efectiva. La imputada, Lorena Paola Ríos, fue hallada culpable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización tras un acuerdo de juicio abreviado.
La decisión fue rubricada por el juez Simón Pedro Bracco, y puso fin a un proceso que comenzó con un allanamiento en la vivienda de la mujer. A pesar de la contundencia de la condena, el Tribunal decidió mantener la modalidad de arresto domiciliario, una morigeración de la pena otorgada previamente, en virtud de que Ríos es sostén de una de sus tres hijas, menor de edad.
El allanamiento que desencadenó la causa
El hecho que motivó la sentencia se remonta al 2 de noviembre de 2023. Personal de la Delegación de Toxicomanía y Leyes Especiales de Roca irrumpió en el domicilio de Ríos, ubicado en la calle Rosario de Santa Fe, bajo orden judicial.
La requisa en la vivienda frontal de la propiedad permitió a las fuerzas de seguridad confirmar las sospechas de la Fiscalía. Se incautó una cantidad total de 205,4 gramos de clorhidrato de cocaína y 0,4 gramos de marihuana. La forma en que estaba distribuida la droga fue un elemento clave para determinar el fin de comercialización, desechando la hipótesis de simple consumo personal.
El material estupefaciente fue hallado en diversos lugares estratégicos de la casa. En el sector de la cocina/comedor, sobre una mesa, se encontró un morral negro que contenía trece envoltorios de cocaína (4,2 gramos).
Sin embargo, la mayor cantidad de droga fue descubierta en el pasillo, oculta entre el techo y los ladrillos de la construcción, donde se halló un envoltorio de nylon con dos paquetes internos que sumaron 59 gramos de cocaína. Además, una riñonera contenía catorce envoltorios fraccionados (4,2 gramos), y otros dos envoltorios más grandes con un peso de 138 gramos. El Tribunal Oral consideró que este fraccionamiento y el ocultamiento eran prueba irrefutable de la ultra intención de comercio.
Evidencia: balanzas, handys y dinero en efectivo
Más allá de la droga, el procedimiento arrojó un arsenal de elementos que reforzaron la calificación de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización (artículo 5 inciso «c» de la ley 23.737). La policía secuestró una balanza de precisión, fundamental para el pesaje y fraccionamiento de la droga.
Adicionalmente, se incautaron siete dispositivos telefónicos celulares y tres comunicadores tipo «Handy» marca Baofeng con sus bases de comunicación. Estos dispositivos, sumados al dinero en efectivo en moneda nacional (cuyo monto no se detalló en el fallo, pero sí su existencia), constituyeron indicios sólidos para el Ministerio Público Fiscal de que la vivienda funcionaba como un centro de distribución o «kiosco» de drogas. Las tareas de campo previas al allanamiento, volcadas en informes policiales, ya habían reportado la «concurrencia de personas al domicilio» para abastecerse de estupefacientes.
La unificación de penas y la segunda reincidencia
El proceso de condena se resolvió mediante un acuerdo de juicio abreviado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa de Lorena Paola Ríos, a cargo del doctor Federico Diorio. Ríos admitió el hecho y aceptó la calificación legal.
La pena original acordada por este caso específico (la tenencia de los 205,4 gramos de cocaína) fue de 5 años y seis meses de prisión. Sin embargo, el Tribunal debió aplicar la unificación de penas, dado que Ríos registraba una condena anterior.
El 13 de junio de 2025, Lorena Paola Ríos había sido condenada a ocho años de prisión por otro hecho, en el marco de la causa FGR 320/2025/4. Al unificar ambas sentencias, el Tribunal Oral Federal impuso la pena única de 10 años de prisión de efectivo cumplimiento, accesoria legal, costas del proceso, y la inhabilitación para poseer armas de fuego. Además, la sentencia mantuvo la declaración de segunda reincidencia de la encausada.
Arresto domiciliario por responsabilidad familiar
A pesar de la gravedad del delito, de la pena unificada y de la declaración de reincidencia, el Tribunal decidió mantener la morigeración de la condena, permitiendo que la mujer cumpla los 10 años de prisión en la modalidad de arresto domiciliario.
Esta decisión se basa en las condiciones personales de la imputada, quien, a pesar de sus estudios secundarios incompletos y su ocupación como repostera, es sostén de sus tres hijos, una de ellos menor de edad. El Tribunal sopesó que la menor de 13 años (al momento de los hechos) vivía en el domicilio y que la madre era su principal sustento.
En miras a resguardar los derechos de la niña, y conforme al acuerdo de las partes, se concluyó que la continuidad del arresto domiciliario era la medida adecuada, siempre y cuando se mantengan las condiciones que motivaron la modalidad morigerada, incluyendo el dispositivo electrónico de monitoreo y el control mensual de la Dirección de Control de Arrestos y Ejecuciones Penales (DCAEP).
La sentencia final, que ordenó el decomiso del dinero en efectivo, la balanza, los handys y celulares y la destrucción de la droga incautada, pone fin a la etapa de juicio, remitiendo las actuaciones al Juez de Ejecución Penal para el cómputo final de la pena.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca dictó sentencia en una causa por narcotráfico, condenando a una mujer a una pena unificada de 10 años de prisión efectiva. La imputada, Lorena Paola Ríos, fue hallada culpable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización tras un acuerdo de juicio abreviado.
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