La Corte Suprema de Justicia revocó el sobreseimiento de un imputado por violencia de género en Río Negro y la causa avanza
El máximo tribunal del país ordena que el proceso judicial siga hacia la etapa de control de acusación, revirtiendo una decisión previa del Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un recurso de queja presentado por la Fiscalía General de Río Negro, dejando sin efecto el sobreseimiento de un hombre acusado de diversos delitos cometidos en un contexto de violencia de género. Con este fallo, el máximo tribunal del país ordena que el proceso judicial avance hacia la etapa de control de acusación, revirtiendo una decisión previa del Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial.
El precedente «Price» y la inconstitucionalidad de los plazos
La resolución de la Corte se fundamentó en el precedente “Price”, una doctrina que limita la aplicación automática de sobreseimientos por vencimiento de plazos procesales. El Fiscal General de Río Negro había solicitado la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 153 del Código Procesal Penal provincial, el cual prevé el cierre de la causa al cumplirse el tiempo límite de investigación.
Para la Fiscalía, la aplicación rígida de este artículo en casos de alta complejidad implica una restricción indebida de la acción penal y favorece la impunidad en delitos graves. La Corte Suprema validó este argumento, disponiendo el reenvío de las actuaciones para que se dicte un nuevo fallo acorde a los estándares nacionales.
Un proceso marcado por la vulnerabilidad de la víctima
El caso bajo investigación es de carácter complejo, ya que se trata de un delito continuado donde la víctima se encontraba en una situación de extrema vulnerabilidad y dependencia hacia su agresor. Según consta en el legajo, el imputado habría influido en reiteradas oportunidades para que la mujer se retractara de sus denuncias, una dinámica frecuente en los ciclos de violencia de género.
Pese a la gravedad de los hechos, la última decisión de la justicia rionegrina había beneficiado al acusado con el sobreseimiento alegando un retraso de apenas diez días en el trámite del proceso, criterio que ahora fue anulado por la Corte Nacional.
Laberinto judicial: casi dos años de recursos
El Fiscal General detalló que el proceso se extendió por un año y nueve meses, no por inacción estatal, sino por la intensa actividad recursiva de la defensa. Durante este periodo, intervinieron múltiples magistrados, incluyendo jueces de Garantías, de Revisión y de Juicio, así como el Tribunal de Impugnación y el Superior Tribunal de Justicia (en dos oportunidades).
Esta sucesión de audiencias y apelaciones fue lo que dilató los tiempos, razón por la cual el Ministerio Público consideró arbitrario cerrar la causa por una demora administrativa mínima frente a la magnitud de los derechos de la víctima que están en juego.
Próximos pasos en la causa
Con la sentencia de la Corte Suprema, el expediente regresa a las instancias correspondientes en Río Negro para que el legajo continúe su curso. Se espera que en las próximas semanas se fije la audiencia de control de la acusación, instancia previa al juicio oral, donde se determinarán las pruebas que se ventilarán contra el imputado.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un recurso de queja presentado por la Fiscalía General de Río Negro, dejando sin efecto el sobreseimiento de un hombre acusado de diversos delitos cometidos en un contexto de violencia de género. Con este fallo, el máximo tribunal del país ordena que el proceso judicial avance hacia la etapa de control de acusación, revirtiendo una decisión previa del Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial.
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