La echaron sin aviso tras años de trabajo en un hotel de Bariloche: la Justicia ordenó su indemnización
La Justicia de Bariloche condenó a un hotel a pagar una indemnización para una exempleada por despido y trabajo no registrado.
Una mujer de Bariloche trabajó durante años en la invisibilidad. Cocinaba, limpiaba, atendía huéspedes en la ciudad emblema de la cordillera rionegrina. Todo sin papeles, sin obra social, sin aportes. Hasta que un día, le dijeron que ya no volviera. Sin telegrama, sin explicaciones, sin un solo peso. Ahí comenzó a buscar justicia y la Cámara de Trabajo le dio una respuesta.
Ahora, el silencio patronal tendrá un costo millonario: la Justicia de Bariloche condenó a Cerro Tronador SAS a pagarle más de $6.6 millones por despido injustificado y falta de registración laboral. Una suma que sirve como aviso desde el ámbito judicial al sector turístico de la ciudad.
Una historia entre la informalidad y la explotación
La mujer comenzó a trabajar en un hotel para la firma Cerro Tronador SAS —una empresa vinculada a servicios turísticos y de hospedaje— en condiciones precarias. Durante el juicio, relató tareas múltiples: desde el servicio de cocina hasta la limpieza de habitaciones y atención general de los visitantes. Sin embargo, jamás fue registrada de forma legal, a pesar de los años trabajados.
Cuando fue despedida verbalmente, sin carta documento, sin indemnización ni preaviso, decidió iniciar acciones judiciales. Fue así que, llevó adelante una demanda ordinaria en la Cámara del Trabajo de Bariloche.
Un fallo con perspectiva de derechos
La sentencia, que lleva la firma de la jueza Mariana Pérez Pysny y la adhesión de la jueza Alejandra Paolino, fue categórica: los hechos denunciados fueron probados con contundencia.
Se acreditaron telegramas enviados a la empresa, declaraciones testimoniales clave y documentación respaldatoria, como la carta enviada a AFIP para informar la relación laboral no registrada, requisito exigido por la Ley 24.013.
Por ello, el tribunal resolvió hacer lugar a la demanda en casi todos sus puntos: se reconoció el derecho de la trabajadora a cobrar indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, salarios proporcionales y aguinaldo, entre otros conceptos.
Además, el tribunal rechazó la inconstitucionalidad planteada respecto de la ley 23.928, siguiendo la doctrina obligatoria fijada en el fallo «Machin» del Superior Tribunal de Justicia.
Sin certificados: multa diaria por demora
Otro punto relevante fue el reclamo por la entrega de certificados de trabajo. La jueza aclaró que, en casos donde el trabajador fue mal registrado, el artículo 80 de la LCT solo se aplica si se ha intimado previamente a la empresa a entregar dichos certificados.
Si bien se rechazó la multa automática, el tribunal ordenó a la empresa entregar la documentación en un plazo de 30 días, bajo apercibimiento de aplicar una multa de $5.000 diarios por cada día de retardo.
Qué sigue: plazos e intimaciones
La liquidación definitiva deberá realizarse en los próximos cinco días hábiles. Una vez aprobada, Cerro Tronador SAS tendrá un plazo de diez días para pagar la suma total.
En caso de incumplimiento en la entrega de certificados laborales, comenzará a correr la multa diaria ya fijada. La notificación a la demandada se realizará por cédula judicial, ya que no respondió en tiempo y forma al proceso, y fue declarada en rebeldía.
Una mujer de Bariloche trabajó durante años en la invisibilidad. Cocinaba, limpiaba, atendía huéspedes en la ciudad emblema de la cordillera rionegrina. Todo sin papeles, sin obra social, sin aportes. Hasta que un día, le dijeron que ya no volviera. Sin telegrama, sin explicaciones, sin un solo peso. Ahí comenzó a buscar justicia y la Cámara de Trabajo le dio una respuesta.
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