Le dio un infarto y tuvo que pagar su cirugía de corazón porque le cortaron la obra social

Ocurrió en Regina en el año 2014. Ahora será indemnizado tras lograr una condena por haber quedado sin cobertura médica sin aviso previo.

Un fallo de la justicia rionegrina, condenó a una empresa de medicina prepaga a indemnizar a un comerciante de Villa Regina que en 2014 sufrió un infarto y tuvo que pagar de su bolsillo por la atención, porque sin aviso lo habían dejado sin cobertura.

El comerciante recibirá una indemnización de más de un millón de pesos en concepto de daño moral y por daños punitivos por la violación a los derechos del consumidor, y un monto extra por el accionar de la prepaga para evitar la demanda.

La condena recayó sobre la empresa de medicina prepaga Swiss Medical, que sin previo aviso le cortó la cobertura.

El hombre descubrió la situación cuando sufrió un infarto por lo que tuvo que ser sometido a una angioplastía coronaria. Los gastos que demandó la internación, cirugía y atención médica fue cubierta por el comerciante, que posteriormente inició la demanda contra la prepaga.

El Juzgado en los Civil y Comercial N° 21 de Regina falló a favor de la demanda iniciada por el comerciante de Regina, en tanto que la Cámara Civil de Roca no solo ratificó la condena, sino que además amplió la sentencia a rechazar la mayoría de los planteos realizado por la empresa Swiss Medical, al tiempo que incrementó los montos de las indemnizaciones.

El hombre y su familia tenían cobertura médica de la prepaga a partir de un convenio de intermediación por tener su negocio adherido a la tarjeta de crédito NYC de la empresa financiera Isla Card SA. Esta empresa retenía parte de las liquidaciones por las compras hechas por usuarios, con lo que pagaba el paquete de cobertura médica, detalló el fallo judicial.

Durante 10 años se mantuvo este esquema, hasta que, alegando atraso en los pagos, Swiss Medical rescindió el contrato con la financiera, y sin advertir de la situación a los comerciantes adheridos, cortó la cobertura.

La situación quedó al desnudo cuando en setiembre de 2014, el comerciante de Regina sufrió un infarto y tuvo que someterse a la angioplastía coronaria.

“Aparece como evidente la estrategia de la demandada de eximirse de cualquier responsabilidad mediante el artilugio de excluir aquí la verdadera relación de naturaleza consumeril que unía a las partes. Más allá que coinciden en que intervenía Isla Card SA en el proceso de pago de las cuotas, no cabe en absoluto ninguna duda que la demandada era la responsable de los servicios que prestaba ante los beneficiarios, entre los cuales se encontraba la actora, ello precisamente por la calidad de consumidores que revestían en la relación”, definió el fallo de primera instancia, ratificado posteriormente por la Cámara Civil al señalar que la prepaga nunca presentó el contrato.

Por privar de la cobertura para la asistencia médica sin previo aviso, la Cámara fijó en $400 mil la indemnización por daño moral. “La situación generada por el corte de la cobertura en un momento crítico del actor, sumado a los padecimientos que luego también tuvo que soportar, incluyendo los de este juicio y la incertidumbre por la suerte final de su reclamo, deben ser indemnizadas”, sostuvieron los jueces.

Al monto sumó una indemnización por $800 mil por “la gravedad del incumplimiento, sin duda intencional, así como la conducta observada con posterioridad”.

Finalmente la Cámara resolvió que el comerciante recibirá un monto igual al 20% del total de las indeminzaciones en concepto de multa aplicada a la prepaga por actuar con “temeridad y malicia”, por “dilatar el proceso” y actuar “con total indiferencia por los perjuicios que ocasiona”.


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