Nuevo rechazo al denunciante de la causa Los Huemules de constituirse en querellante

El abogado Hertzriken Velasco recibió ahora el revés de la Cámara de Apelaciones de Roca. Consideran que no es afectado directo de los delitos que se investigan a jueces y funcionarios por el viaje a la estancia Lago Escondido.

Los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca Mariano Roberto Lozano y Richar Fernando Gallego rechazaron el recurso que había presentado el abogado Marcelo Hertzriken Velasco contra la resolución de la jueza federal de primera instancia María Silvina Domínguez, que no lo admitió como querellante en la causa que investiga a jueces federales y funcionarios por presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público y recibir dádivas.

Se trata de la causa donde se investiga a un grupo de funcionarios de la justicia federal y funcionarios del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el viaje y la estadía en la estancia Lago Escondido del magnate inglés Joe Lewis. El grupo se identificaba, según los chats que surgieron del hackeo del teléfono del ministro de Justicia y Seguridad porteño, Marcelo D´Alessandro, como Los Huemules.

Gallego y Lozano confirmaron, en la sentencia que dictaron el miércoles, el pronunciamiento de Domínguez. En consecuencia, denegaron a Hertzriken Velasco constituirse en querellante en la causa penal.

El abogado que vive en el Alto Valle de Río Negro denunció el 24 de octubre pasado en el juzgado federal de Bariloche, a partir de una nota publicada en el diario Página 12, que un grupo de magistrados de distintos fueros, un funcionario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y una serie de empresarios habían viajado hacia Bariloche “en los primeros quince días de octubre de 2022”, alojados y racionados por funcionarios del Poder Ejecutivo de CABA, que integrarían el Pro.

Denunció que el grupo pudo haberse reunido con el expresidente Mauricio Macri en la mansión “Lago Escondido”, propiedad de Lewis


Argumentos que no conmueven


El abogado intento constituirse como querellante en la causa, pero Domínguez rechazó esa pretensión y la Cámara de Roca confirmó ese pronunciamiento. Y además, le impuso el pago de las costas.

Gallego planteó que de los agravios expuestos en el recurso de apelación “se advierte con nitidez que estos no logran conmover los argumentos desarrollados” por la jueza de primera instancia.

“En efecto, al recurrente se limitó a expresar su disconformidad con lo resuelto, a realizar críticas vinculadas al actuar del Ministerio Público Fiscal y de la judicatura, y a insistir en que era un particular ofendido en esta causa por ser un habitante argentino y destinatario de “decisiones judiciales” en función de su profesión”, señaló Gallego.

“Más no brindó explicaciones acerca de cuál ha sido la lesión u ofensa que lo decidido le ha provocado. Por el contrario, se limitó a insistir en que su condición de ciudadano, abogado y presidente de una fundación eran, en el caso, suficiente título habilitante para admitir su pretensión de particular ofendido proponiendo para ello una interpretación más laxa de ese concepto jurídico”, indicó el juez.


Es necesario que haya sido afectado directamente


Sin embargo, Gallego sostuvo, como lo había expuesto la jueza Domínguez en línea con la jurisprudencia de la Cámara de Roca “que esas genéricas menciones no lo facultan (al abogado) a ser parte en los términos del artículo 82 del CPP en tanto para asumir el rol de querellante en una causa penal es necesario que quien lo pretenda se haya visto afectado directamente por el hecho original y que se trate del titular del bien jurídicamente protegido por el delito presuntamente cometido”.

Gallego añadió que el argumento de Hertzriken Velasco “permitiría a cualquier persona que habite el suelo argentino a constituirse en tal carácter puesto que todos los delitos que afectan la administración pública conllevan -en definitiva- un perjuicio al Estado Argentino y, con ello, a cada uno de sus habitantes”.

“Vemos así que esa no es ni ha sido la télesis con la que se sancionó esa norma, de lo contrario la persona imputada por un delito de este Título del Código Penal debería defenderse del Estado representado por el MPF y de acaso de millones de personas que residen a lo largo y a lo ancho del territorio nacional, lo que revela su improcedencia

e impone recordar que no hay en el proceso penal acción popular”, concluyó Gallego, con la adhesión de Lozano.


El hecho imputado a Los Huemules


La fiscal federal interina de Bariloche Cándida Etchepare pidió el 6 de diciembre pasado a la jueza Domínguez investigar al juez federal Julián Daniel Ercolini, al fiscal general de CABA, Juan Bautista Mahiques, al ministro de Seguridad y Justicia de CABA, Marcelo D´Alessandro, al juez de la Cámara Federal de Casación Penal Carlos Alberto Mahiques, al juez en lo penal económico Pablo Yadarola, al juez nacional en lo contencioso administrativo Federal Pablo Gabriel Cayssials, a Leonardo Bergroth, a  Tomás Reinke, presidente de Mediabit SA, al directivo del Grupo Clarín Pablo César Casey, y a Jorge Carlos Rendo, presidente de Grupo Clarín SA.

La fiscal relató en la acusación que el 13 de octubre pasado se trasladaron desde Buenos Aires hasta Bariloche en un avión privado propiedad de la empresa “Servicios y Emprendimientos Aeronáuticos SA”, los pasajeros Ercolini, Bergroth, Reinke, Mahiques, D’Alesandro, Carlos Alberto Mahiques, Yadarola y Cayssials.

“Todos ellos retornaron al aeropuerto de San Fernando el día 15 del mismo mes y año, tal como surge de la Declaración Jurada acompañada por la PSA”, indicó en la imputación.

La fiscalía pidió investigar si los jueces y funcionarios judiciales, como D´Alessandro (hoy de licencia) cometieron los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y de recibir dádivas. Un camarista porteño ordenó que la causa se tramite en Comodoro Py.


Fallo “corporativo”, dice el denunciante


“La resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca no me llama la atención. Es la misma Cámara Federal que denegó al Estado italiano la extradición de Erich Priebke”, recordó Hertzriken Velasco.

“Es decir, que el capitán nazi, al igual que moraba en Bariloche, (la Cámara ) tiene una predilección por el cuidado de fascistas y de personas que cometen delitos en Bariloche”, opinó.

“Me impone como ciudadano, sin explicación alguna, pagar por hacer una denuncia y participar del proceso, me impone costas, sin hacer merituación en los considerandos de por qué debo pagar costas”, advirtió el abogado a RÍO NEGRO.

“No se resuelve en forma oral con la presencia de la persona que peticiona. Me considera no afectado directamente por la reunión de los jueces coimeros y hace pie fundamentalmente en que sus compañeritos tanto jueces como ellos, Ercolini, Cayssials, Yadarola y Mahiques, no podrían defenderse no solo del MPF sino de millares de personas, dicen millones de personas que pretendan constituirse como acusadores particulares”, indicó Hertzriken Velasco.

“Francamente, no me llama la atención. Es un fallo corporativo que propicia con la no intervención de los ciudadanos, la impunidad de sus compañeros”, sostuvo.

Y cuestionó que le hayan impuesto el pago de las costas del proceso y calificó esa decisión de la Cámara “como un castigo, como una venganza por haber denunciado, es decir, la imposición de costas con lo cual no me llama la atención”.

“Me parece un fallo que valida el espíritu de cuerpo de este fuero federal que es icónico del pensamiento reaccionario en la Argentina”, destacó el abogado.


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