Piden 12 años de prisión para un hombre que abusó de una niña durante el régimen de visitas en Neuquén
La Fiscalía valoró un severo esquema de circunstancias agravantes, entre las que destacó la extensión del daño psicológico y físico causado a la víctima.
En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso Gastón Medina requirió formalmente una condena de 12 años de prisión efectiva para R.J.M. El hombre ya había sido declarado penalmente responsable por abusar sexualmente de una niña en un barrio de la capital neuquina.
El tribunal encargado de establecer el monto de la pena está integrado por los jueces Luis Giorgetti, Luciano Hermosilla y Cristian Piana. Se trata del mismo cuerpo de magistrados que, tras la instancia de juicio, declaró la responsabilidad penal de R.J.M. en carácter de autor por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el ascendiente y la convivencia con una menor de 18 años, en concurso real con desobediencia a una orden judicial.
Las agravantes y el modus operandi
Para sostener el pedido de 12 años de cárcel, el fiscal Medina valoró un severo esquema de circunstancias agravantes, entre las que destacó la extensión del daño psicológico y físico causado a la víctima.
Además mencionó el contexto de violencia de género en el que se perpetraron los hechos y también la marcada asimetría de poder y de edad existente entre la niña y el victimario.
Durante la etapa de juicio se acreditó que los abusos ocurrieron entre los meses de agosto y octubre del año 2023 en la vivienda que ambos compartían. Según la investigación fiscal, el condenado aprovechaba deliberadamente los momentos en que la niña acudía a su casa bajo el marco de un régimen de visitas pactado para cometer los ultrajes.
Desobediencia judicial y protección de la víctima
A la gravedad de los ataques sexuales se le sumó un hecho ocurrido en marzo de 2024. En esa fecha, R.J.M. desobedeció una orden de restricción impuesta por el Juzgado de Familia N° 2, la cual le prohibía explícitamente ejercer actos de agresión, perturbación, intimidación o violencia, además de una prohibición de acercamiento a menos de 200 metros respecto de la madre de la víctima.
La defensora de los Derechos del Niñez y Adolescencia, Andrea Rapazzo, quien interviene en la causa como querellante institucional en representación de la menor, adhirió en todos sus términos al pedido de pena solicitado por la fiscalía.
Como parte accesoria de la condena, se dispuso la inmediata inscripción del imputado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS). En tanto, las autoridades judiciales recordaron que la identidad de las iniciales R.J.M. se mantiene bajo estricta reserva con el único objetivo de preservar la intimidad y evitar la revictimización de la niña.
El tribunal colegiado adelantó que dará a conocer el veredicto con los años definitivos de cárcel en una nueva audiencia que la Oficina Judicial deberá fijar dentro de las próximas 48 horas.
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