Rechazaron pedido de un condenado por estafas para anular un acuerdo en un juicio abreviado en Bariloche

El Tribunal de Impugnación de la provincia desestimó el recurso que había presentado la defensa del imputado, que pretendía dejar sin efecto el acuerdo alcanzado en un juicio abreviado hecho a mediados de diciembre en Bariloche, donde admitió haber cometido los delitos.

El juez del Tribunal de Impugnación Provincial, Miguel Ángel Cardella, rechazó el recurso que había presentado la defensa de Diego Cid, que pretendía anular el acuerdo pleno alcanzado en un juicio abreviado que se hizo a mediados de diciembre pasado, en Bariloche.

En ese acuerdo, Cid admitió su responsabilidad en tres hechos delictivos que le atribuyó la fiscalía, con la adhesión de la querella, y consintió la pena propuesta por los acusadores público y privado.

El juez resolvió aceptar el acuerdo al que arribaron el fiscal Tomás Soto, el patrocinante de la querella Luciano Magaldi y Cid, junto al defensor oficial Marcos Ciciarello. Por eso, dictó el 16 de diciembre de 2022 la sentencia en la que declaró al acusado responsable penalmente de estafas, defraudación por estelionato y amenazas.

Cid participó de las estafas que Norberto Gutiérrez hizo en esta ciudad con la venta de lotes y viviendas del IPPV que dejó decenas de damnificados. Gutiérrez fue condenado a 6 años y 6 meses de prisión, en un juicio abreviado que se hizo a finales de diciembre pasado.


Los cuestionamientos de la defensa


La defensa de Cid impugnó la sentencia que lo había condenado en diciembre. Planteó que la voluntad de Cid de aceptar su responsabilidad penal “fue motivada en información errónea respecto del tratamiento que recibiría para su adicción”.

Expresó que, en razón de que el imputado “padece una profunda adicción a la cocaína, en el marco del acuerdo de juicio abreviado, buscaron una alternativa para que en el cumplimiento de la pena impuesta pudiera recibir tratamiento”.

Cicciarelo explicó “los esfuerzos realizados” hasta que encontraron la entidad Un Encuentro con Dios. Por eso, alegó, “Cid decidió aceptar su responsabilidad penal en los tres hechos por los que se lo acusaba”.

Cid estuvo tres días en ese lugar, pero sintió que no se habían cumplido las promesas, “por lo que su voluntad para acordar el juicio abreviado estaría viciada por información falsa o insuficiente”, alegó el defensor oficial.


No lo dejaban recibir visitas íntimas ni fumar


Soto replicó que el acuerdo fue propuesto por la defensa “y teniendo en cuenta los informes que tenían de los antecedentes por consumo de sustancias y el fin resocializador de la pena es que hicieron este acuerdo con una modalidad específica en cuanto al cumplimiento”, en el hogar.

Indicó que en la audiencia del 26 de diciembre pasado el motivo que dio Cid “para no estar más en el lugar era que no lo dejaban recibir visitas íntimas ni fumar, en ningún momento se mencionó que el tratamiento no era tal”.

El fiscal sostuvo que de ninguna manera el motivo esgrimido por la defensa “torna nulo el abreviado, estaba en conocimiento de todos los términos del acuerdo, de su aceptación, que fue libre y espontánea y ratificada ante el juez de control”.

La querella expuso que luego del juicio abreviado hubo “un ofrecimiento por parte de la defensa del señor Cid para solucionar el conflicto, por lo que adhiere al planteo del defensor postulando que siga el legajo según su estado a los efectos de instrumentar el ofrecimiento en un acuerdo”.


Los fundamentos del Tribunal


“Del registro audiovisual se desprende con claridad el diálogo entre el Juez, el inculpado Cid, su Defensor, Fiscal y Querella”, sostuvo Cardella. “El magistrado chequeó que Cid habló con su defensor y recibió asesoramiento, repasó con él el monto de la pena, que el acuerdo debe ser voluntario y que no está obligado a aceptarlo”, indicó.

“El inculpado expresa que lo entiende perfectamente. Le pregunta si acepta su responsabilidad, si se hace cargo de los hechos que fue imputado; Cid asiente y también la pena de dos años de prisión”, añadió Cardella en la sentencia.

Destacó que en la grabación de la audiencia del 16 de diciembre pasado se percibe que “Cid se explayó libremente reflejando su capacidad de comprender y aceptar la formalización del juicio abreviado que se llevaba en su contra”.

Por eso, Cardella concluyó que Cid “no recibió ninguna propuesta o promesa, fue él quien ofreció y solicitó la oportunidad del alojamiento en el espacio religioso. De ello se desprende que no existe ningún vicio en la voluntad de Diego Cid”. Por eso, rechazó la impugnación.


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