Un hombre reclama la casa donde hace diez años cometió el femicidio de su pareja en Neuquén

La Cámara Civil hizo lugar al desalojo de la vivienda para que le sea entregada y la ocupe una vez que recupere la libertad. El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia que dijo que apropiársela “es una forma de continuar la violencia”.

El 22 de febrero de 2013 Jaime Orellana asesinó a Mónica Arambuena delante de sus hijos, en el barrio Belén de la ciudad de Neuquén. La mujer había denunciado en el Poder Judicial que él ejercía violencia de género. Hay actuaciones que datan del 2000 que indican que «se presentaba, visiblemente golpeada, lastimada, pidiendo protección porque tenía miedo» de que la matara. Al hombre se lo condenó a 14 años de prisión por homicidio simple, y los chicos fueron institucionalizados.

En 2019, Orellana reclamó la casa y promovió una demanda de desalojo contra los ocupantes de la vivienda. Afirmó que él permaneció allí hasta que en 2012 «fue detenido en el marco de una causa penal» y que la otra «adjudicataria», refiriéndose a la víctima de femicidio, «falleció».

La jueza Ana Mendos, ya jubilada, rechazó el desalojo en 2021. Sin embargo la Cámara Civil -integrada por los magistrados Juan Medori y Fernando Ghisini– consideró que los ocupantes debían dejar la casa, a la que Orellana podría regresar entonces cuando agote la pena.

Hasta acá es un trámite completamente desprovisto de contexto, sólo hay una línea en la que se menciona el femicidio: cuando los actuales ocupantes argumentan que el hombre no puede ser titular de la vivienda, porque de acuerdo al artículo 2281 del Código Civil y Comercial, está incluido en las causales de indignidad.

La ley establece que no pueden suceder: «los autores, cómplices o partícipes de delito doloso contra la persona, el honor, la integridad sexual, la libertad o la propiedad del causante, o de sus descendientes, ascendientes, cónyuge, conviviente o hermanos. Esta causa de indignidad no se cubre por la extinción de la acción penal ni por la de la pena».

El caso llegó así a la sala civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que componen Gustavo Mazieres y Germán Busamia.

A poco tiempo de que el condenado recupere la libertad, los vocales señalaron «que las instancias anteriores han prescindido en su análisis de la adecuada consideración de la normativa constitucional y convencional aplicable», que incluye la perspectiva de género.

Los hijos son víctimas del femicidio de su madre


En principio aseguraron que quienes ocupan la casa deben ser desalojados -y en todo caso demandar a la persona que les entregó esa propiedad- pero que de ningún modo debe pasar a manos de Orellana, sino que los titulares son los cuatro hijos de Mónica que hasta este momento no estaban incluidos en el proceso judicial.

Los magistrados aclararon que la única adjudicataria de la vivienda del IPVU fue la mujer, quien a su vez aparece como la responsable de los impuestos que llegaban, tanto en Rentas como en el municipio. En la planilla el hombre figura en el casillero correspondiente a personas que viven en la casa. Eran concubinos, no estaban casados.

Dijeron que Orella «omitió en cuestionable actitud procesal informar que está condenado por el homicidio de su ex pareja«.

La víctima se presentó «innumerables veces» pidiendo protección para ella y sus hijos en la justicia.

«Estas denuncias fueron reiteradas en numerosas oportunidades, donde las agresiones eran tanto verbales como físicas, debiendo abandonar la casa junto a sus hijos, siendo acogida por distintos hogares de refugio o en algún lugar prestado, ello hasta el año 2013, en que finalmente el Sr. Orellana la asesinó», manifestaron los jueces en el fallo.

Agregaron que en los expedientes de Familia, Mónica remarcó que estaba atemorizada «porque él la amenazó diciéndole que si le quiere sacar la casa, la mata«.

Explicaron que los cuatro hijos «son víctimas del femicidio de su madre y de las múltiples y extremas violencias a las que el actor los sometió siendo niños».

Busamia y Mazieres sostuvieron que Orellana «pretende apropiarse de la casa de la Sra. Arambuena, luego de haberla asesinado y dejado en situación de total desprotección a tres hijos en común (testigos del crimen y de todas las violencias sufridas por su madre –física, sexual, económica-), niños que vivieron todo tipo de dificultades que persisten en la actualidad«.

Hicieron hincapié en que si se le otorgara la vivienda al hombre sería «una forma de continuar la violencia hacia ella y sus hijos» que «se acrecentaría de quedar firme la sentencia de Cámara, al omitir toda mención acerca del femicidio que subyace en esta causa, y que a la luz de los Tratados Internacionales resulta inadmisible».

No hace tanto, en 2021, el Estado nacional y el gobierno de Neuquén debieron pedir disculpas por las violaciones a los derechos humanos de Ivana Rosales, que murió producto de las secuelas que le dejó en su cuerpo el intento de femicidio perpetrado por Mario Garoglio.

Una respuesta tardía


Los vocales resolvieron que acreditada la situación de violencia extrema, las gravísimas violaciones a los derechos de Mónica y «la insuficiencia de una respuesta estatal eficaz para evitar tales violaciones y el femicidio posterior», y para evitar que quede comprometida la responsabilidad internacional de los estados (como ya sucedió con Ivana) la vivienda debe ser entregada a los hijos.

El IPVU está obligado a escriturar la casa y en caso de que ellos no la quieran, por ser el lugar donde fue asesinada su madre, el organismo estatal deberá entregarles una similar o en mejores características.

Además, la subsecretaría de Derechos Humanos de Neuquén tendrá que informar si Orellana, realizó tratamiento psicoterapéutico e inclusión en espacios de nuevas masculinidades, ESI y perspectiva de género, ya que accederá en breve a la libertad.

La sentencia no precisa si el gobierno provincial les proveyó alguna medida de reparación en su infancia o adolescencia a los cuatro hijos de Mónica. Se desconoce si esta es la única respuesta tardía que tuvieron del Estado, a diez años del femicidio.


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