Neuquén reconoció 21 años después que falló sin perspectiva de género en el caso de Sara Ibáñez

La mujer fue condenada por el crimen de su esposo y sus dos hijos en Cutral Co. Ella denunció que durante el proceso no se consideraron, entre otros aspectos, el contexto de violencia de género en el que se encontraba. La causa llegó hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El gobierno provincial se comprometió a realizar medidas reparadoras.

«Esta mujer de labios carnosos, como ella misma gusta llamarse, tiene una personalidad psicopática», dijo el exjuez Oscar Rodeiro, uno de los integrantes del tribunal que condenó en 2001 a prisión perpetua a Sara Ibáñez por el crimen de su esposo y sus dos hijos, cometido en Cutral Co en 1999. La expresión «labios carnosos» la usaba como latiguillo el exfiscal Ladislao Simon, su acusador. Dijo que la imputada la había escrito en una carta y que perpetró el asesinato para «deshacerse de ellos» e iniciar una nueva vida «sin obstáculos». Un año después Simon, que nunca valoró que la imputada sufrió violencia de género, fue destituido del cargo por ejercerla.

El juicio estuvo a cargo de la exCámara de Zapala, a la que además de Rodeiro se sumaron Víctor Martínez y Enrique Modina. La defensa fue de Eves Tejeda.

El 13 de diciembre de 2006 la defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, promovió una denuncia contra el Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por entender que se habían violado derechos en la investigación y enjuiciamiento de la acusada.

Sostuvo que la sentencia quedó firme y consentida luego de que su defensor no agotara todas las instancias de apelaciones, como la vía extraordinaria federal. Afirmó, entre otros aspectos, que se habían incorporado al proceso las declaraciones que le habían tomado a la imputada en el hospital, sin control judicial, y que nunca se ponderó que ella era víctima de violencia de género en su familia. Planteó que jamás accedió a una defensa técnica eficaz. En ese momento también prestaba funciones en Cutral Co e intervino el exfiscal Santiago Terán, juzgado y sancionado 20 años después por sus expresiones misóginas.

El 15 de diciembre de 2020 la CIDH emitió un informe en el que manifestó que existió responsabilidad del Estado argentino por violación a los derechos humanos de la acusada, y recomendó que se brinde una reparación integral a Ibáñez.

La propia subsecretaría de las Mujeres de la provincia dictaminó que en el caso la acusada «tuvo una defensa deficiente, sin perspectiva de género durante todo el proceso por la asistencia letrada que no impugnó las pruebas producidas en su desmedro, como así tampoco ofreció pruebas correspondientes a la defensa efectiva. Téngase presente que la situación de violencia intrafamiliar denunciada fue sostenida exclusivamente por la señora Ibáñez durante todo el proceso e ignorada no sólo por la defensa sino también por el Poder Judicial Argentino en las diferentes instancias. Los estereotipos de género fueron reforzados al momento de sentenciar en primera instancia y no se revierte en las instancias superiores».

El gobierno de Neuquén asumió una serie de compromisos que quedaron sellados en un acta y aprobados por decreto 848, publicado ayer en el Boletín Oficial provincial. Una vez cumplidos se firmará un acuerdo de recomendaciones con el Estado nacional.

Estos incluyen la implementación de principios generales de actuación para fuerzas de seguridad, operadores jurídicos y sanitarios, dirigidos a orientar su intervención en casos de mujeres imputadas de delitos, en especial cuando puedan resultar víctimas de violencia de género. Este acuerdo también contempla el pedido de conmutación de pena, que fue resuelto favorablemente por la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, integrada por Soledad Gennari y Alfredo Elosú Larumbe.

Ibañez cumplió 18 años y medio de encierro efectivo y en 2018 accedió a la libertad condicional.

El decreto lleva la firma del gobernador Omar Gutiérrez, la de su jefe de Gabinete, Sebastián González, la del ministro de Gobierno, Osvaldo Llancafilo, la ministra de las Mujeres y Diversidad, María Eugenia Ferraresso y de Vanina Merlo, que ocupaba la cartera de Seguridad y ahora es Defensora General. En el trámite también intervino la subsecretaria de Derechos Humanos, Alicia Comelli.

¿Qué contemplan estos principios generales? En lo que refiere a la fuerzas de seguridad, por ejemplo, que en sus intervenciones con mujeres sospechadas de delitos garanticen un trato digno, eviten todo tipo de preconcepto, insinuación o estereotipo. En lo que respecto a los operadores y operadoras jurídicos que consideren los dichos de las imputadas cuando aseguran haber sido víctimas de violencia y la prueba vinculada, indagar en las hipótesis de descargo y en el impacto que el contexto relatado podría tener en la atribución de la responsabilidad penal. En el caso del personal de salud, que se deje asentado cualquier expresión o hallazgo que sugiera la existencia de una situación de violencia.

No es la primera vez que una causa que involucra una pésima actuación del Poder Judicial de Neuquén llega a la instancia de la CIDH. En septiembre pasado las autoridades del Estado nacional y provincial se disculparon con Abril Rosales por la responsabilidad que les cupo en el caso de Ivana, su mamá, que sufrió un intento de femicidio que terminó impune. El agresor, Mario Garoglio, además abusó sexualmente de Abril y su hermana, Mayka, cuando eran niñas.

El dato

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de diciembre de 1999 la acusada fue encontrada lastimada en su casa, junto al cuerpo de quien era su marido y sus dos hijos.

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