La Justicia dividió criterios entre Río Negro y Neuquén: un acusado de abusar a su hijo fue absuelto

Según los jueces rionegrinos de una Cámara Gesell, no se garantizaron derechos constitucionales. La prueba testimonial era clave en el proceso y por eso se cayó la causa.

El intento por forzar el ingreso de una cámara Gesell por fuera de las garantías constitucionales dividió las aguas entre los poderes judiciales de Río Negro y Neuquén. Como resultado de la puja, un hombre acusado de abusar sexualmente de su hijo terminó absuelto.


Las negligencias jurídicas del Ministerio Público Fiscal de Neuquén colaboraron para que un hombre acusado de abusar a su hijo en Cinco Saltos terminara absuelto. A pesar de los esfuerzos del fiscal jefe Gustavo Herrera para validar una cámara Gesell, un tribunal colegiado de Cipolletti anuló el debate y el imputado se desprendió de la causa penal que impulsó su expareja y madre de la víctima.


La historia es más o menos así: un hombre de Villa Manzano fue acusado de abuso sexual agravado y el proceso se inició -erróneamente- en Neuquén. En esa localidad se realizó una Gesell con la víctima, menor de edad.


Pero tiempo después la fiscalía neuquina se declaró incompetente porque le hecho habría sido en Río Negro y por eso le dio intervención al fiscal jefe Gustavo Herrara, a cargo de la zona norte de la Cuarta Circunscripción.


El equipo de la fiscalía descentralizada de Cinco Saltos reunió más pruebas y fue a juicio. Ya en el debate, la defensa cuestionó la declaración en Gesell porque no participó ningún juez y sobre todo porque no se notificó al imputado “vulnerando así el derecho de defensa”. El abogado dijo que se violó un derecho constitucional.


El tribunal conformado por los jueces Guillermo Merlo (presidente), Marcelo Gómez y la jueza Rita Lucia rechazó el planteo por extemporáneo y decidió continuar con el debate a fin de resolver al final, en caso de ser necesario, el agravio que presentó el defensor del imputado.


En criollo: si la prueba complementaria era suficiente para llegar a una sentencia la discusión de la Gesell era innecesaria. Tal vez como un gesto para evitar discutir las medidas que se hicieron en la vecina provincia. Sin embargo, tras escuchar a todos los testigos y los alegatos de apertura y cierre de las partes, los magistrados entendieron que la prueba testimonial de la víctima era trascendental para la resolución de caso.


En el litigio, el fiscal Herrera narró el protocolo que tiene Neuquén para producir esa prueba y dio detalles la licenciada Gimena Molinaroli, quien intervino en la cámara Gesell. El fiscal manifestó que el procedimiento en Neuquén está normado por acordada del Tribunal Superior de Justicia y que no se requiere la intervención de un juez.


Sin embargo, Merlo, con el apoyo de sus colegas, cuestionó la medida probatoria de Neuquén y le hizo lugar al pedido de nulidad del defensor Pablo Barrionuevo. Escribió en la sentencia que los jueces de Río Negro controlan las garantías constitucionales y que aceptar lo que hace Neuquén los convertiría en meros escribanos que sólo homologan los acuerdos de partes.


“La falla en el responde del Fiscal se advierte al invocar la comunicación que tuvo con un colega de la vecina provincia, quien lo ilustró sobre el protocolo que se utiliza, protocolo que fue informado por la licenciada Molinaroli en la sala de audiencia, de donde se desprende que en dicha provincia no participa de la diligencia el juez, cuestión propia de la provincia pero que para el suscripto no puede en modo alguno ser admitida en esta provincia ni por este Tribunal”, sostiene la sentencia.


Merlo, uno de los jueces más jóvenes de la provincia, detalló que el imputado no pudo ejercer un derecho a defensa y que se violaron derechos constituciones. “De tal forma que, el encartado careció de un real y efectivo derecho de defensa, durante la producción de la principal prueba en su contra, con lo cual se lo privó de la posibilidad de controlarlas y ejercer su efectiva defensa proponiendo preguntas, tal como reclamó y tal como hemos visto en el debate mismo”.


La impericia en la producción de la prueba “madre” del caso dejó a la fiscalía de Cinco Saltos con poco margen de acción. Es que prácticamente no contaban con herramientas jurídicas para volver a realizar la Gesell en caso de considerar que en Neuquén se haya hecho de forma irregular. Son declaraciones que se toman por única vez.

Otra diferencia entre el procedimiento es que en Río Negro siempre hay un juez o jueza en la audiencia, mientras que en Neuquén hace años que esa práctica no se realiza. Lo que parece insalvable en este caso es la falta de participación del imputado y la defensa.


“Podemos discutir la necesidad de hacer una cámara Gesell por segunda vez pero lo que está fuera de todo tipo de discusión es la participación del imputado o de un defensor, sobre todo cuando en este caso estaba individualizado hace dos años, lo que denota la falta de urgencia con la Gesell”, admitió una fuente judicial que tiene estudiado el protocolo de Unicef al que recientemente el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro adhirió por Acordada 25.


En materia penal, una vez más, Neuquén y Río Negro parecen transitar senderos opuestos. A mediados del año pasado, Neuquén declaró inconstitucional el plazo razonable para investigar en lo que constituyó una crítica por la vuelta a la “Justicia lenta”. Río Negro en cambio defendió los plazos que puso la Legislatura de la provincia para las investigaciones. El tema de las Gesell abre otra grieta.


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