Viedma: el jurado popular absolvió al imputado de homicidio agravado por odio a la nacionalidad de la víctima

Los jurados no lograron ponerse de acuerdo. No alcanzaron ni la mayoría especial de diez votos para declararlo culpable por el crimen agravado de un ciudadano boliviano, ocurrido en General Conesa en agosto del 2023. La fiscalía y la querella, desconcertadas. El crimen quedó impune.

En un decisión sin precedentes -y difícil de comprender-, el jurado popular no pudo tras cinco horas y media de deliberación alcanzar un veredicto de culpabilidad porque no reunió ni los diez votos mínimos que establece la normativa vigente. En consecuencia, Eduardo David Morello fue absuelto esta madrugada de jueves por el homicidio de Beimar Llanos Condorí.

El imputado había sido acusado por la fiscalía y la querella como autor de un homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con un arma de fuego y por el odio a la nacionalidad de la víctima.

El jurado popular desestimó hasta el pedido del defensor particular Damián Torres, quien había alegado que su asistido era responsable de un homicidio agravado por el uso de un arma de fuego, pero cometido con exceso en la legítima defensa.

“Se defendió de una manera desproporcionada y allí es donde aplica el exceso en la legitima defensa y, por eso, va a tener sanción Morello”, aseguró Torres en su alegato. El defensor daba por hecho que el acusado tenía que ser condenado por un delito menos grave que el atribuido por los acusadores público y privado.

Por eso, la decisión del jurado popular dejó al fiscal jefe Juan Pablo Peralta y al fiscal José Chirinos abatidos. El crimen de Llanos Condorí quedó impune.

La sorpresa en Viedma fue mayúscula, cuando el presidente del jurado informó pasadas la 1 de esta madrugada de martes que solo lo declaraban culpable a Morello de amenazas agravadas por el uso de armas. Nadie en el Ministerio Público Fiscal lo podía creer.


El jurado no entendió


“El jurado no entendió”, expresaba, consternada, una fuente del Ministerio Público Fiscal, en referencia a las indicaciones del juez técnico Marcelo Álvarez, que dirigió el juicio por jurados.

Los doce jurados populares se habían retirado alrededor de las 19 del miércoles a deliberar en secreto tras escuchar los alegatos del fiscal jefe y del abogado por la querella Santiago Guenumil, quienes habían pedido que Morello sea declarado culpable.

“Quedó completamente acreditado, que para matarlo se utilizó un arma de fuego y además se hizo con odio a la nacionalidad porque previo a matarlo Morello hizo un par de posteos dirigidos a todos sus seguidores: más de 1400 y una red abierta”, señaló Peralta.

“Estos bolivianos de mierda son los que prendieron fuego anoche y no obstante hoy le siguen metiendo hasta los hijos. Qué raza de mierda, habría que deportarlos a todos, encima me amenazaron de muerte. Son plagas”, publicó Morello, en su cuenta de X el 12 de julio del 2023, señaló el fiscal jefe.

El 31 de julio del 2023 posteó: “Entre el bolita y el escribano me estafaron con una millonada de guita. Este quechua del orto ya me amenazó que me va a matar y se va a quedar con todo. La otra noche prendió fuego incluso me amagó con la azada. Bueno la ley del plomo: balas de plata por el valle caminó”.

“Por eso, insistimos que es un homicidio cometido con odio a la nacionalidad, porque está dirigido a la comunidad de gente de nacionalidad boliviana. No importa si tiene parientes chilenos, con los chilenos no tiene problemas, el problema lo tuvo con los bolivianos”, afirmó Peralta en su alegato.

“Yo estoy convencido de que si Beimar no hubiese sido boliviano; Morello no lo hubiese matado”, aseveró.


El estancamiento del jurado


Desde el Poder Judicial informaron que en un momento de la deliberación, el jurado popular manifestó que estaba “estancado” para dar el veredicto por el homicidio agravado.

El juez Álvarez dio las instrucciones que prevé el Código Procesal Penal rionegrino para estos casos. Los instruyó a deliberar nuevamente y ver si se alcanzaban una mayoría calificada de diez votos. Pero como no alcanzaron esa mayoría especial, correspondía la absolución del imputado.

Este juicio por jurados había cobrado notoriedad porque por primera vez se juzgaba a un hombre acusado de homicidio con el agravante de odio por nacionalidad y uso de arma de fuego.

Llanos Condorí era oriundo de Bolivia. Se había instalado con su familia en General Conesa y le había comprado en 2020 un lote a Morello, cuya propiedad estaba junto a la chacra de la víctima.


El origen del conflicto era por la compra de una chacra


Por eso, Torres había destacado en su alegato ante el jurado que el origen del conflicto era por una compra venta. “Uno creía que le debían intereses y el otro que debían escriturar”, señaló el defensor al jurado.

Criticó a la fiscalía porque le mencionó a los jurados mensajes publicados por el imputado en su cuenta de X de manera “fraccionada” y sacándolos de contexto “para de alguna manera impresionarlos a ustedes con esto del odio a la nacionalidad”.

Si Morello odiaba la nacionalidad, lo primero que no iba a hacer es venderle la chacra a una cooperativa con personas de esa nacionalidad. Esto no es un detalle menor”, advirtió el defensor.

Torres aseveró que los acusadores “ni siquiera pudieron probar la relación directa del homicidio con el odio a la nacionalidad”. En cambio, admitió que Morello cometió un homicidio con exceso en la legítima defensa. Pero el jurado no tomó en cuenta esa opción.


La fiscalía y la querella impugnarán


Por eso, Peralta y Chirinos y los abogados por la querella Guenumil y Maximiliano Mulally Bratulich hicieron reserva de impugnación, para que el Tribunal de Impugnación revise.

Entendieron que el jurado no comprendió las consecuencias del estancamiento, que implicaba la absolución. Explicaron que el resultado es incluso menos gravoso que el pedido que había formulado la defensa”, indicaron desde el Poder Judicial.

La fiscalía y la querellan le atribuyeron a Morello el hecho ocurrido alrededor de las 10 del 7 de agosto del 2023, en la chacra 49 de Colonia Rodríguez, de General Conesa, cuando mediando odio hacia la nacionalidad, el imputado le dio muerte a Llanos Condori, de nacionalidad boliviana, con quien mantenía un conflicto previo vinculado a la venta de un lote lindero.

Según la fiscalía, para darle muerte, Morello le efectuó un disparo con una escopeta calibre 20 milímetros. Los perdigones del proyectil vulneraron y atravesaron órganos y elementos vasculares del abdómen de la víctima, lo que produjo una hemorragia interna letal.

La fiscalía y la querella acusaron a Morello de homicidio doblemente agravado: por el uso de un arma de fuego y por el odio a la nacionalidad de la víctima. Y además le imputaron que tras haber disparado contra Llanos Condorí, amenazó con el arma de fuego al hijo de 13 años de la víctima, que fue el único testigo directo del homicidio.


Solo culpable por amenazas agravadas al hijo de la víctima


Con el veredicto de culpabilidad solo por las amenazas calificadas, ahora resta una instancia más: el juicio de cesura. Allí se analizarán las pruebas de las partes para que finalmente el juez técnico defina el monto de la pena, aunque será mucho más leve que si lo hubiesen declarado culpable por homicidio doblemente agravado.

La viuda quedó consternada por lo ocurrido y lloró amargamente cuando le explicaron que el imputado por el crimen de su esposo había sido absuelto, comentaron fuentes judiciales.


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