Condenan a Juan Reggioni por administración fraudulenta en plan de viviendas en Fernández Oro
El exjefe comunal fue declarado responsable de fraude y uso de documentación falsa. El resto de lo imputados fue absuelto. Mariano Lavín será investigado.
Juan Reggioni, exintendente de Fernández Oro, fue hallado responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de las administración pública y uso de documento ideológicamente falso en la construcción de 12 viviendas en su ciudad. Sin embargo, los jueces no consideraron que hubiese pruebas suficiente para que se cumpla el delito de peculado (quedarse con dinero del Estado siendo funcionario público).
Por otra parte, el tribunal, integrado por los jueces Guillermo Merlo, Alejandra Berenguer y Juan Puntel absolvió al resto de los imputados, tres titulares de cooperativas y a una exasesora de Reggioni.
Este lunes se conoció el veredicto en la causa vinculada a un plan de viviendas que comenzó a ser construido en Fernández Oro entre 2014 y 2015.
El tribunal analizó si existió una maniobra para obtener fondos nacionales sin que se cumplieran las condiciones establecidas en el convenio firmado entre el municipio y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.
Los magistrados tuvieron por acreditado que Reggioni utilizó una declaración jurada adulterada para destrabar el último desembolso del plan nacional de viviendas. El proyecto solo alcanzó a construir seis de las doce unidades previstas.
El fiscal jefe Gustavo Herrera indicó que investigará al sucesor de Reggioni, Mariano Lavin, por el cuarto desembolso de fondos de Nación para la construcción de las 12 viviendas entró en su gestión. Su testimonio durante el juicio fue cuestionado y podría entrar dentro del delito de falso testimonio porque su testimonio no coincide con lo que dijo la escribana que declaró en el juicio. Lavín es actualmente titular del IPPV y un hombre cercano al gobernador Alberto Weretilneck dentro de la estructura de Juntos Somos Río Negro.
Fabio Huenchunao, titular de una de las cooperativas, fue absuelto a pedido del fiscal, quien consideró que había actuado como un instrumento de Reggioni sin conocimiento suficiente ni capacidad real de decisión en la supuesta maniobra.
Diego Quintero y Luis Méndez, presidentes de las otras dos cooperativas, según los jueces tuvieron incluso menos participación que el absuelto Huenchunao, lo que derivó también en la absolución de ambos.
Se indicó que las pruebas no evidenciaban diferencias sustanciales en sus conductas respecto a Huenchunao, y que no se había probado una responsabilidad penal concreta. Las pruebas fueron «endebles, frágiles y débiles» para una decisión de responsabilidad, dijeron los magistrados.
Sobre la exasesora Carina Marín, quien era el nexo informal entre el municipio y las cooperativas, el veredicto consideró que la acusación fue modificada sustancialmente al final del juicio, sin respetar el principio de congruencia procesal ni permitirle ejercer una defensa efectiva. Se señaló que no existió evidencia concreta que respaldara ni la acusación inicial ni la reformulación posterior.
Por qué condenaron a Reggioni
El plan de viviendas ACU994, fue implementado en Fernández Oro entre 2014 y 2015. El tribunal analizó si existió una maniobra para obtener fondos nacionales sin que se cumplieran las condiciones establecidas en el convenio firmado entre el municipio y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.
El acuerdo preveía construir doce viviendas en seis meses, con fondos que serían liberados en cuatro etapas contra certificaciones de obra. Reggioni gestionó tres de los cuatro desembolsos, es decir, el 75% del financiamiento total.
Reggioni, en su declaración jurada, afirmó haber ejecutado ese 75% o, lo que equivaldría a haber construido 9 viviendas. Sin embargo, durante el juicio se acreditó que solo se construyeron 6 viviendas, sumando tanto las completadas como las parcialmente ejecutadas. Esto representa apenas el 50% del total comprometido.
A pesar de ello, se presentó una rendición de cuentas que informaba un avance físico del 75%, lo que permitió que Nación aprobara el cuarto y último desembolso. Para ello, se utilizó una declaración jurada suscripta en agosto de 2015 que no contaba con la firma del maestro mayor de obras que había intervenido en las certificaciones anteriores.
Esa omisión, unida al porcentaje irreal de avance informado, constituyó el núcleo de la maniobra observada por el tribunal, según la prueba presentada en el juicio.
Este fue el único punto que justificó la declaración de culpabilidad: se descartó que Reggioni hubiera falsificado documentos materiales o que se hubiera apropiado del dinero en beneficio propio.
La resolución judicial lo encontró responsable del delito de administración fraudulenta agravada contra la administración pública y del uso de documento ideológicamente falso. Determinó que violó los deberes emergentes del convenio, al permitir que se presentara una certificación que no reflejaba el estado real de las obras.
Juan Reggioni, exintendente de Fernández Oro, fue hallado responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de las administración pública y uso de documento ideológicamente falso en la construcción de 12 viviendas en su ciudad. Sin embargo, los jueces no consideraron que hubiese pruebas suficiente para que se cumpla el delito de peculado (quedarse con dinero del Estado siendo funcionario público).
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