Kioscos solidarios en el centro de Neuquén

Los construyó la municipalidad y fueron entregados en concesión a aquellas personas incapacitadas para realizar otro trabajo y a quienes no podían desarrollar otra actividad mayor.

En 1963 se comenzaron a implementar los “kioscos solidarios” en la capital neuquina. El Ejecutivo creó un programa para otorgar la concesión de “quioscos tipo” (sic) a aquellas personas que no tuvieran otro medio de ganarse la vida dignamente.


Estos locales fueron construidos por el municipio de acuerdo a un diseño prediagramado y entregados en concesión para su explotación, previa licitación pública.


Los permisos para la instalación de kioscos se otorgaban únicamente a personas “incapacitadas físicamente para realizar otro trabajo, mayores de 50 años y a los que no cuenten con recursos que le permitan encarar otras actividades de mayor envergadura”, se estableció en el reglamento de esta actividad comercial.


El Ejecutivo y el Concejo Deliberante establecieron reglas para que evitar inconvenientes y sobre todo, para mantener una sana competencia entre todos los kioscos.


Debían ser atendidos por sus permisionarios. En el caso de que se justificara la imposibilidad de estar al frente del comercio, se les permitía, solo de manera transitoria, ponerlo a cargo de un familiar”.


No podían comercializar al por mayor ni vender bebidas con o sin alcohol.
Los kioscos debía ubicarse a 200 metros del próximo más cercano y estaba prohibido que se emplacen en las esquinas porque “entorpecían el diseño urbano de la ciudad y la circulación peatonal”. Tampoco se permitía su ubicación sobre avenida Argentina-Olascoaga.


Aquellos vecinos que querían abrir un kiosco que no estuviera incluido dentro del programa “quiosco tipo” podía hacerlo pero lejos de la zona que el municipio había determinado para su proyecto.


Declárense caducos a partir de la promulgación de la norma, los permisos acordados para la explotación de kioscos en la vía pública, debiéndose ser retirados una vez que la Municipalidad construya los quioscos tipo, aquellos otros que se encontraran dentro de la zona establecida para esta clase de kioscos”, determinaba el reglamento.


En el caso de que algún comerciante se negará a acatar esta disposición el municipio quedaba autorizado a proceder al cierre y levantamiento de la estructura física, corriendo el propietario con todos los gastos.


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