La grúa podrá llevar de la vía pública los autos abandonados
NEUQUÉN (AN) – A partir de las modificaciones al Código de Procedimiento Contravencional, que aprobaron el jueves los concejales, el municipio podrá acarrear vehículos de la vía pública no solo por infracciones sino también por abandono, contaminación, porque afecten el medio ambiente o atenten contra la seguridad de la vía pública. A propuesta del bloque oficialista de Nuevo Compromiso Neuquino se trató sobre tablas y aprobaron modificar el artículo 45 sobre la remoción de vehículos del Código de Procedimiento. “La remoción de vehículo procederá ante la comisión de infracciones contra las normas de tránsito sobre estacionamiento, mediante el traslado del vehículo para su posterior depósito en los lugares que se establezcan al efecto”, establece la norma. Los concejales le incorporaron que la remoción del vehículo se podrá realizar además de por infracciones a las normas de tránsito, por abandono, contaminación, afectación al medio ambiente, a la sanidad pública y a la seguridad en la vía pública. En un primer momento el Deliberante propuso trasladar la responsabilidad de definir las tipificaciones de los casos en que se autoriza la remoción de los automóviles al Ejecutivo. Pero luego decidieron dejarlo en manos de la comisión de Legislación, que deberá acordar la tipificación de cada caso en los que se autoriza la intervención de la grúa.
NEUQUÉN (AN) - A partir de las modificaciones al Código de Procedimiento Contravencional, que aprobaron el jueves los concejales, el municipio podrá acarrear vehículos de la vía pública no solo por infracciones sino también por abandono, contaminación, porque afecten el medio ambiente o atenten contra la seguridad de la vía pública. A propuesta del bloque oficialista de Nuevo Compromiso Neuquino se trató sobre tablas y aprobaron modificar el artículo 45 sobre la remoción de vehículos del Código de Procedimiento. “La remoción de vehículo procederá ante la comisión de infracciones contra las normas de tránsito sobre estacionamiento, mediante el traslado del vehículo para su posterior depósito en los lugares que se establezcan al efecto”, establece la norma. Los concejales le incorporaron que la remoción del vehículo se podrá realizar además de por infracciones a las normas de tránsito, por abandono, contaminación, afectación al medio ambiente, a la sanidad pública y a la seguridad en la vía pública. En un primer momento el Deliberante propuso trasladar la responsabilidad de definir las tipificaciones de los casos en que se autoriza la remoción de los automóviles al Ejecutivo. Pero luego decidieron dejarlo en manos de la comisión de Legislación, que deberá acordar la tipificación de cada caso en los que se autoriza la intervención de la grúa.
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