La Justicia falló en contra de la empresa Centenario

NEUQUEN (AN).- La empresa de ómnibus Centenario no podrá levantar pasajeros en el radio urbano de la vecina ciudad. Así lo dispuso la justicia provincial a través de un fallo que emitió ayer.

La titular del juzgado civil Cuatro de esta capital, Ana Buissón de Baggio, hizo lugar a un recurso de amparo que solicitó la empresa de ómnibus Sarmiento, firma que tiene la concesión del servicio urbano en Centenario, para que su competidora deje de levantar pasaje en el ejido urbano.

«Condeno a la empresa de ómnibus Centenario a abstenerse de prestar el servicio de transporte público urbano en el ejido de la ciudad (…) mientras continué la parte actora con la concesión exclusiva para la prestación del servicio», resolvió la magistrada en el fallo que emitió el pasado 7 de abril.

En rigor, la firma Sarmiento recurrió a la justicia a principios del año pasado para solicitar el amparo. Su abogado, Hernán Kess, esgrimió como argumento la violación de parte de Centenario de la ley 22.262 de defensa de la Competencia, entre otras normas.

Concesión exclusiva

«Brindaban el servicio en la ciudad, pero la empresa Sarmiento cuenta desde hace diez años con la concesión exclusiva, otorgada mediante ordenanza, para explotarlo», destacó en diálogo con «Río Negro». Además, continuó, «contrataban micros que cobraban una tarifa inferior a la establecida por ordenanza, lo cual la colocaba en un clara posición de desventaja».

La jueza resaltó que el Concejo Deliberante otorgó con exclusividad la concesión a la empresa Sarmiento.


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