La Justicia ordena dar solución habitacional en Bariloche a una niña con discapacidad

La pequeña de 2 años tiene además severos problemas respiratorios y necesita de una vivienda en condiciones dignas. La familia agotó todas las instancias administrativas para pedir ayuda. IPPV, provincia y municipio deben responder por este caso.

Un juez de Bariloche hizo lugar a un recurso de amparo y ordenó a la Municipalidad, al IPPV y al Gobierno de Río Negro a otorgar una solución habitacional para una niña de 2 años con discapacidad y severos problemas respiratorios.

Los organismos deben dar una respuesta de manera rápida ante la urgencia del caso, según consideró la Justicia que dio a conocer hoy el caso.

En la acción de amparo, presentada por la madre de la niña, se detalló la situación de extrema vulnerabilidad por la que atraviesa junto a su esposo e hija, como así también demostró haber agotado todas las instancias de petición de vivienda, haciendo las presentaciones en distintos organismos municipales y provinciales.

La mujer acreditó con un certificado que su hija tiene una discapacidad y padeció dos episodios de neumonía en el último tiempo.

El fallo reconoció la «absoluta excepcionalidad de la situación«, señaló el Poder Judicial a través de su área de comunicación, e indicó que la decisión “no implica la intención de sustituir o desplazar a la administración en materia de adjudicación de viviendas, siendo que tampoco la amparista pretende cuestionar la política habitacional de la provincia. Por el contrario, lo que se pretende es una solución habitacional que posibilite a la familia el acceso a habitar una vivienda en condiciones de dignidad dada su especial situación de vulnerabilidad evidenciada».

El juez de amparo señaló en primer término que luego de la presentación se solicitó en primer lugar la citación del Ministerio de Desarrollo Humano y Articulación Solidaria de la Provincia de Río Negro. Se llegó a este organismo porque la solución habitacional no implica necesariamente la construcción de una vivienda nueva, sino que podía consistir en otras alternativas acordes a la necesidades del amparista que le permitan el acceso a un alojamiento en condiciones edilicias adecuadas, como subsidios o alquileres temporarios.

Por otro lado, se ordenó un amplio informe socio ambiental en el domicilio de la familia. Del mismo, surge con detalles muy minuciosos que la casa que habita la mujer y su familia es de extrema precariedad.

El informe detalla que la economía familiar es sostenida por asignaciones del Estado más el ingreso del padre de la niña que trabaja en albañilería, con un salario que depende de los días trabajados y es destinado a compras de alimentos para la semana. Entre los gastos priorizan la compra de leña.

Como conclusión se finalizó el informe mencionando que no estaban garantizadas la seguridad en la tenencia, la habitabilidad y accesibilidad de la vivienda y que se suma a ello el estado de vulnerabilidad de la niña por su diagnóstico y su salud en general.

El Defensor de Menores coincidió en la necesidad de brindar «una solución habitacional» a la amparista. Finalmente el juez ordenó a la provincia, el IPPV y el municipio que en forma concurrente, deberán proporcionar alternativas habitacionales.


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