La seguridad privada en Río Negro
Por Martín Lozada
La Legislatura de la provincia de Río Negro acaba de convertir en ley un proyecto presentado por el legislador Eduardo Chironi, que reglamenta las distintas manifestaciones que en la actualidad reviste la seguridad privada. Se suma así a las precursoras Ciudad y provincia de Buenos Aires, que ya tienen en vigor cuerpos legislativos sólidos y actualizados en la materia.
Mientras que en el orden nacional la seguridad privada cuenta con más de 100.000 agentes en sus filas, en Río Negro son entre 400 y 500 las personas que ejercen tareas de vigilancia, principalmente en sus centros urbanos. El estudio que precedió al proyecto de ley detectó tres tipos de agencias privadas de seguridad. Las primeras se encuentran debidamente habilitadas y pagan regularmente sus impuestos, mientras que una segunda categoría se caracteriza por poseer igual regular habilitación, aunque sin cumplir con sus cargas impositivas. Por último se hallan las que funcionan sin contar con ningún tipo de permiso legal.
El proyecto que resultó aprobado por unanimidad el 26 de enero pasado resulta conducente para restablecer el control sobre estas entidades por parte del Estado y superar las irregularidades en las que habitualmente incurren. Para lograr ese objetivo ha modificado la autoridad de aplicación, que a partir de su entrada en vigor queda a cargo de la Secretaría de Seguridad y Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno, antes a cargo de la Jefatura de la Policía provincial.
Las anomalías que inspiran a la nueva ley resultan de variado orden. Una de aquéllas se refiere a la integración de estas agencias, algunos de cuyos titulares estuvieron estrechamente ligados a los servicios de inteligencia en la época de la dictadura militar. Entre sus filas se anotan también antiguos empleados de la Policía provincial, como el ex comisario Julio César Arriola, quien prestaba servicios para una empresa contratada por el municipio de General Roca, pese a haber sido condenado e inhabilitado por la Justicia de Río Negro por las falencias que rondaban la investigación del doble crimen de Río Colorado.
Quienes aspiren a desempeñar funciones de vigilador o custodio deberán poseer un certificado de aptitud psicofísica, no encontrarse registrados en la Subsecretaría de Derechos Humanos o en la Conadep por graves violaciones a los derechos humanos y no haber sido condenados por la comisión de un delito doloso. Tampoco podrán revistar como personal en actividad en alguna fuerza armada o de seguridad, ni haber sido exonerados de éstas, o poseer antecedentes en la administración pública que resulten incompatibles con las funciones a su cargo.
Otro de los importantes puntos de la nueva ley establece que los agentes no podrán portar armas cuando su prestación consista en tareas de mera vigilancia. Y que si una empresa o particular tuviera la expectativa de disponer de custodios armados, pues entonces deberá contratar el servicio adicional de agentes perteneciente a la Policía de la provincia de Río Negro. Se intenta así, con razón, fortalecer el manejo monopólico de las armas por parte del Estado.
Con el afán de proteger los derechos civiles de las personas, prohíbe a las empresas y al personal de seguridad ejercer cualquier tipo de investigación que tenga por objeto establecer el origen racial o étnico, el estado de salud o sexualidad de los individuos, así como también sus opiniones políticas, sindicales y religiosas.
La necesidad regional de contar con un adecuado marco legislativo no se agota, por supuesto, en la gratificante regulación rionegrina. Afortunadamente la provincia del Neuquén cuenta con la Dra. Silvia Contrafatto de Cartolano, quien en un reciente trabajo académico ha destacado la necesidad de fortalecer el Estado de Derecho a través de la tutela pública sobre estas policías privadas.
En otras sociedades del mundo desarrollado, entre tanto, las cifras sobre el aumento de la nueva industria de la seguridad privada son sorprendentes. Según datos que aporta Martin van Creveld (The Rise and Decline of the State, 1999), en Alemania el número de empresas privadas de seguridad se duplicó entre los años 1984 a 1996 (de 620 a 1.400). En Gran Bretaña, los empleados de este mismo sector pasaron de los 10.000 que había en 1950 a los 250.000 en 1976, y esa misma pauta de crecimiento sigue constante.
En los Estados Unidos, el conjunto de los trabajadores del rubro duplicaba ya en 1972 al alto número de todas las fuerzas de policía estatales, federales y locales del país. Hoy, las 1.600.000 personas empleadas en este sector superan inclusive a los miembros del ejército en actividad. Todo ello en un contexto donde el fervor seguritario tiene en la figura presidencial un poderoso pilar de apoyo, prueba de lo cual resulta el proyecto de presupuesto que enviara semanas atrás al Congreso, incrementando en un 111% la partida correspondiente a seguridad interior.
El espíritu de la nueva ley rionegrina no olvida que toda decisión de transferir a manos privadas facultades soberanas exclusivamente delegadas a los órganos del Estado, tal como sucede en el ámbito de la seguridad, debe cumplir con las garantías que permitan asegurar la adecuada gestión del bien colectivo. Y que este último núcleo es necesario preservar en el actual proceso de multiplicación de las respuestas defensistas, el cual se desarrolla en el entramado de sociedades de exclusión, con su característica multiplicación geométrica del desempleo y el consiguiente desamparo de cada vez más amplios sectores sociales.
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