La venta de los bienes provenientes de la corrupción

Miguel Knecht (*)

El presidente de la Nación, firmó el decreto, que se publicó en el Boletín Oficial, en el que se instruye la inmediata enajenación de los bienes provenientes de decomisos ordenados por resoluciones judiciales, es decir, de las causas de corrupción. De esta manera, el Gobierno, concreta la decisión que hace tiempo había pensado, la de rematar los bienes secuestrados en las causas de supuesta corrupción durante el gobierno de Cristina Kirchner.  


En ese sentido, el Decreto Nacional 598/2019 encomienda a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) para que proceda a la inmediata enajenación de los bienes que ingresen al patrimonio de los organismos del Sector Público Nacional que hayan provenido de decomisos judiciales.


Asimismo, se establece que la AABE podrá requerirle al Ministerio de Relaciones Exteriores, la realización de los trámites necesarios para la enajenación de los bienes ubicados o radicados en el extranjero.
La medida enunciada está dirigida a mantener el valor de los activos y evitar su deterioro.
Además, existe un fondo de garantía para el caso que sus propietarios sean sobreseídos.


En el análisis, el punto central que se tomó como ejemplo es la garantía del derecho a la propiedad privada, siempre que la misma haya sido adquirida en forma legal. A partir de ese marco, todo bien mal habido puede ser incautado, no importa cuándo se haya adquirido, lo que predomina es el origen ilícito del mismo, según lo establece el mencionado Decreto.
De acuerdo a lo indicado por la AABE, las subastas se realizarán de forma inmediata, a través del procedimiento que inauguró la actual gestión: la subasta pública y electrónica en una plataforma especialmente habilitada, en la cual garantiza la transparencia de la operación.


 Por último, para algunos escépticos no resulta convincente si la medida adoptada (emisión del Decreto) es suficiente para su inmediata ejecución o si bien en este contexto, lo más legítimo hubiese sido la sanción de una Ley específica del Congreso Nacional, que le imprime a la cuestión un valor jurídico superior.


 No obstante ello, Decreto o Ley, la medida dispone de la anuencia y aprobación del Pueblo Argentino, que la ha reclamado y valora ampliamente que los fondos provenientes de la Corrupción, retornen al Estado.


 *  Docente. Ex Concejal PJ.


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