Licencia por «comaternidad»: la justicia obligó a la Policía de Río Negro a reconocer el derecho

Tras meses de negativas, la institución deberá licenciar por 180 días a una madre no gestante que integra sus filas. El hecho sienta un precedente histórico en el reconocimiento de derechos a parejas igualitarias.

La Cámara del Trabajo de Cipolletti dio vía libre al pedido urgente de una madre no gestante, que presta servicio en la policía provincial para acceder a una licencia por maternidad. La solicitud había sido presentada a principios de noviembre y con ella la mujer gozará de 180 días, marcando un hito dentro de las fuerzas de seguridad rionegrinas.

Por medio de una denominada «medida autosatisfactiva», la justicia provincial se expidió a favor de una pareja diversa de Cinco Saltos que reclamaba el acceso a una licencia por «comaternidad», un término ampliamente difundido entre la comunidad LGBTIQ+ y que propone un trato igualitario dentro del derecho de maternar.

La Jefatura de Policía de Río Negro había negado la posibilidad de acceder a este beneficio, reconociéndole solo 15 días. La institución se amparaba en un inciso de la Ley Provincial N° 5348, donde se establece que ese plazo es concedido «al progenitor/a del niño o la niña, el cónyuge o conviviente del agente que esté gozando de la licencia familiar por nacimiento».

Asimismo, justificó su accionar comunicando que se trataba de un gris dentro de la normativa vigente. Y que para acceder al beneficio ambas debían pertenecer a un cargo público, siendo que una de ellas es monotributista. El Poder Judicial como respuesta detalló que la ley no es un condicionante sino que «solo impone el requisito de acordar quién será el titular de la licencia familiar por nacimiento».

El pedido de la abogada de la pareja fue presentada ante la Cámara a principios de noviembre y se amparó en la misma Ley, en un postulado que establece que «en caso de que los/las progenitores/as sean del mismo sexo deberán acordar entre ambos/as quién será titular de la licencia familiar por nacimiento, con posibilidad de alternancia informada, planificada, no simultánea, entre ambos/as”.

Simón, el hijo de las mujeres nació hace dos semanas y fue concebido en marzo a partir de un programa de fertilización asistida, casi de inmediato comenzó la lucha por el reconocimiento de la licencia. En el medio hubo cartas formales a los superiores y respuestas con dilaciones. Incluso una jueza se declaró incompetente para actuar cuando se presentó una queja por «violencia institucional» ante la respuesta negativa de la fuerza.

Ante ello y dada la celeridad con que se necesitaba una resolución, la Cámara actuó con una medida autosatisfactiva. Ellas son un instituto jurídico aplicable cuando una persona se encuentra en perjuicio irreparable o inminente de un derecho. Para acceder se debe seguir con una serie de exigentes requisitos, tales como que exista una urgencia manifiesta y estén comprometidos derechos subjetivos.

Este caso es un precedente importante y un avance en el reconocimiento de la diversidad en la Administración Pública. Ya hubo precedentes similares dentro de la cartera educativa, con una pareja de docentes secundarias de Roca y en la Universidad de Río Negro con una profesora de la sede Andina.


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