Llevó el celular a reparar y no se lo devolvieron, ahora cobrará 10 mil pesos

El técnico dijo que se lo habían robado, y manifestó que no se haría cargo de reponerlo. Tras una demanda por menor cuantía cobrará 10 mil pesos, luego de 20 meses de reclamo.

Una mujer cobrará 10 mil pesos tras reclamar la devolución de un celular y del dinero que había pagado por un arreglo, a un técnico que luego de recibirlo para una reparación, aseguró que se lo robaron y manifestó que no se haría cargo de reponerlo.

Tras realizar una presentación administrativa en el Organismo Municipal de Defensa del Consumidor, la clienta formalizó el reclamo y, recientemente, la jueza de Paz Gabriela Lapuente dictó sentencia favorable.

La demandante pedía que se le devuelva un celular Motorola G2, última generación y edición limitada, más los 500 pesos que pagó para que el técnico lo arregle. Según explicó la mujer, su hijo se contactó con un técnico porque el aparato falló, y el especialista le cambió el pin de carga. A los pocos días dejó de funcionar y volvió al mismo service y dejó el celular para una nueva reparación.

Un mes más tarde se comunicaron con ella y le informaron que el teléfono había sido robado, pero que no se harían cargo porque se lo habían sustraído al técnico.

20 meses pasaron entre el supuesto robo y el inicio del reclamo hasta la sentencia, el 14 de mayo pasado, cuando la jueza Gabriela Lapuente hizo lugar a la demanda y ordenó el pago de 10.000 pesos a la mujer.

¿Menor cuantía?

Datos

Los procesos de menor cuantía son verdaderos juicios del ámbito Civil y Comercial que, por sus particulares características, tiene un trámite simplificado y gratuito ante cualquiera de los 49 Juzgados de Paz que funcionan en Río Negro. Estas acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver sus reclamos de hasta 30.000 pesos de una manera más rápida, sencilla y sin salir de su localidad.
Se inician ante el Juzgado de Paz con un formulario, que tiene el valor legal de una demanda, en el que se especifica el monto reclamado a la otra persona, empresa u organismo.
El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad, colaboración y derecho de defensa.
Por su especial naturaleza, la ley excluyó del procedimiento de menor cuantía a las acciones judiciales por sucesión, familia, laborales y desalojo.

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