Nuestra “ley de hierro de las oligarquías”

ALEARDO F. LARÍA aleardolaria@rionegro.com.ar

El sociólogo alemán Robert Michels escribió a principios del siglo pasado un opúsculo sobre los partidos políticos en el que enunció la famosa “ley de hierro de las oligarquías”. A pesar del tiempo transcurrido, sus observaciones sobre la vida interna de los partidos y otras organizaciones similares son de enorme actualidad. En Argentina estas oligarquías sobreviven hoy enquistadas en municipios, provincias, sindicatos y asociaciones de fútbol. Algunas iniciativas legislativas que se han dado a conocer por estos días en Argentina aspiran a romper con esta malhadada “ley de hierro” que nos encadena a un pasado que demanda a gritos ser superado. Según Michels, las organizaciones son necesarias porque constituyen el único medio para llevar adelante una voluntad colectiva. La organización es el arma de los débiles en su lucha contra los fuertes. Sin embargo, este principio de organización, políticamente necesario, trae consigo otro peligro: con el paso del tiempo toda organización se volverá burocrática y quedará presa de una elite que la utilizará en su provecho. Llega a afirmar que “tanto en autocracia como en democracia siempre gobernará una minoría”. Los motivos que llevan a Michels a ser pesimista sobre el futuro de las organizaciones son varios. Entre ellos menciona que, debido al aumento de su tamaño, las organizaciones demandan decisiones cada vez más complejas. Los individuos que conocen el manejo complejo se vuelven imprescindibles y esto contribuye a su oligarquización. Otras observaciones, como la que señala que la psicología de las masas las lleva a depositar una excesiva confianza en los líderes, parecen apropiadas para explicar ciertos fenómenos en América Latina. En Argentina se puede añadir otro poderoso incentivo para perpetuarse al frente de las organizaciones. Debido a la expansión de la cultura de la corrupción, quienes controlan determinadas organizaciones obtienen un enorme poder para capturar rentas. Algunas de estas rentas son visibles y legales, pero la inmensa mayoría deviene de retornos o devoluciones de los favorecidos por pactos espurios con quien detenta la capacidad para asignar obra pública o contratar determinados servicios. Por ejemplo, es sabido que muchos sindicalistas que dirigen la obra social de su gremio perciben retornos de las clínicas favorecidas por la subcontratación. Esto explica la considerable fortuna alcanzada por estos dirigentes. Estos beneficios ilegítimos que se obtienen por estar al frente de un municipio, de una provincia, de un banco oficial, de un sindicato o de un club de fútbol representan un encarecimiento indebido de los servicios que se prestan y finalmente, por una vía o por otra, estos sobreprecios terminan siendo sufragados por todos los ciudadanos. Por otra parte, conservar estos nichos de privilegio demanda enormes esfuerzos para alejar a los grupos rivales que desean hacerse con el poder que permite obtener estas rentas, por lo que se utiliza todo tipo de maniobras antidemocráticas para conservar esos lugares. En el caso de los sindicatos argentinos o de los clubes de fútbol, muchas de estas disputas se vienen resolviendo con el contundente uso de armas de fuego. La senadora Gabriela Michetti, del PRO, acaba de presentar un proyecto de ley para limitar la reelección de los dirigentes sindicales. Se trata de un breve texto, de apenas tres artículos, por el que se modifica la ley 23551 de Asociaciones Sindicales estableciendo que las autoridades de un sindicato “no pueden ser electas para el mismo cargo por más de dos veces consecutivas”. La iniciativa es plausible aunque peca de cierta ingenuidad, puesto que si no va acompañada de la interdicción para los hijos y esposas de los dirigentes pronto tendremos una variante del tipo de maniobras como la que popularizó Néstor Kirchner. Por otra parte, el Frente Renovador que lidera Sergio Massa ha presentado un proyecto de ley para prohibir la reelección indefinida de los intendentes bonaerenses. El proyecto de ley fija un máximo de dos mandatos consecutivos que empezarían a contarse a partir de la eventual aprobación de la norma. Por consiguiente sus efectos prácticos recién comenzarían a regir en el 2023. Aquí también cabe formular la misma observación que en el apartado anterior: sin restricciones para que no puedan ser sucedidos por familiares directos o indirectos la medida no tendrá ningún efecto real. Todas estas iniciativas –y otras de orden similar, como la propuesta de Julio Cobos de crear una Conadep contra la corrupción– carecerán de viabilidad si no son refrendadas por acuerdos escritos y solemnes firmados por las principales fuerzas políticas. De no alcanzar cierto grado de masa crítica, quedarán como meras iniciativas de propaganda preelectoral. En este punto es donde la sociedad civil debería hacerse presente para que estos compromisos obtengan mayor profundidad. Los partidos políticos son actores indispensables en estas iniciativas, pero sería mejor acompañarlos para que sus propuestas no queden en mera pirotecnia verbal.


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