Reflexiones críticas sobre la reforma del Código Procesal Penal en Neuquén
Bajo el pretexto de mejorar la persecución del narcomenudeo, se cuelan propuestas que dilatan los plazos y erosionan la calidad del servicio de justicia.
Por estos días, la Legislatura de la provincia del Neuquén discutió un proyecto que propone modificar el Código Procesal Penal (Ley N. º 2784). Si bien la intención declarada de fortalecer la persecución del narcomenudeo es legítima y necesaria, preocupa la amplitud y orientación de las reformas propuestas, que van mucho más allá de ese objetivo y afectan aspectos estructurales del sistema.
Coincidimos en la necesidad de incorporar figuras específicas que funcionen para la investigación de dichos delitos, pero disentimos con la técnica legislativa que se ha elegido y algunas propuestas que son independientes al narcomenudeo en el proyecto que circula al que “adhiere” el Ministerio Público Fiscal. Neuquén fue pionera en adoptar un modelo de justicia penal moderno, acusatorio, oral y adversarial. Fue la primera provincia en poner en marcha el juicio por jurados conforme al artículo 118 de la Constitución Nacional, generando un efecto domino hacia otras provincias.
Esto ha sido reconocido a nivel internacional, en universidades extranjeras y congresos especializados, donde el “caso Neuquén-Argentina” es presentado como el “trasplante” más exitoso de una institución de raíz anglosajona en un país de tradición jurídica continental europea, incluso por encima de experiencias como las de Brasil, España, Italia, Rusia, Japón o Corea.
Aquella reforma, sancionada por unanimidad, no fue producto de la improvisación: fue el resultado de un proceso participativo, técnico y profundamente reflexivo que involucró a los tres poderes del Estado, universidades, colegios de abogados y ONGs vinculadas a la temática. Esa construcción no fue meramente técnica. Fue política en el mejor sentido del término: surgió de la voluntad de diseñar un modelo institucional sólido, coherente y transparente.
La reforma tuvo como pilares el respeto al sistema acusatorio, la incorporación de estándares internacionales y la promoción de principios como la celeridad, la oralidad, la contradicción, la transparencia, la publicidad, la simplificación del proceso y la adecuación de las respuestas según el tipo de delito. Se trató de diseñar un sistema de justicia más cercano a la ciudadanía, más eficiente y con decisiones en plazos razonables.
Cabe recordar que Neuquén ha sido condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en, al menos, dos oportunidades (casos Ivana Rosales y Sara Ibáñez) por vulnerar el acceso a la justicia. Estas experiencias fueron contempladas al redactar la Ley 2784 y las normas complementarias. Modificar este sistema en sentido regresivo implica un serio riesgo de incurrir nuevamente en responsabilidad internacional. Pero no se trata sólo de una cuestión jurídica. Sino desnaturalizar paradigmas como plazos obligatorios para todas las partes, incluidos jueces y fiscales.
Un ejemplo concreto es la propuesta de ampliar de 24 a 48 horas el plazo máximo que una persona puede permanecer detenida sin intervención judicial. Esto colisiona directamente con la constitución provincial e implicaría, por ejemplo, que quienes sean detenidos un viernes podrían pasar todo un fin de semana privados de libertad sin ser presentados ante un juez.
Revela una preocupante tendencia del Ministerio Público Fiscal a desentenderse de los plazos procesales y de los principios rectores del sistema. Más aún en el contexto de una crisis carcelaria declarada. Y si bien se justifica con la complejidad del narcomenudeo, la ampliación se plantea en términos generales, para todo tipo de delitos. Consecuencias similares tiene la modificación propuesta al artículo 119, que elimina el plazo de la prisión preventiva de un año en los llamados “delitos complejos”.
En definitiva, muchas de las modificaciones propuestas desnaturalizan la arquitectura normativa y los principios del proceso penal vigente. Bajo el pretexto de mejorar la persecución del narcomenudeo, se cuelan propuestas que dilatan los plazos y erosionan la calidad del servicio de justicia.
Neuquén no necesita volver atrás ni debilitar su proceso penal para enfrentar nuevos desafíos. Por el contrario, debe consolidar lo logrado, profundizar lo que funciona y ajustar lo que se requiere, sin perder de vista que lo que está en juego no es solo una ley, sino un modelo de justicia.
Si el objetivo es regular específicamente cuestiones procesales vinculadas a los delitos de microtráfico, la vía adecuada sería una ley especial que no afecte la medula de un sistema que ha sido modelo de justicia ágil, transparente y cercana a la ciudadanía desde su implementación.
Es válido revisar herramientas, discutir nuevas figuras o procedimientos adecuados para enfrentar el microtráfico. Pero eso no debe hacerse afectando el equilibrio general del sistema, alterando tiempos, funciones y reglas que hasta ahora han garantizado un proceso penal razonablemente eficaz y comprensible para la sociedad.
* Diputado mandato cumplido, Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura de Neuquén
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