¿Cuál es la diferencia entre jurado de enjuiciamiento y juicio político?

Son mecanismos para juzgar a los integrantes del poder Judicial, que pueden terminar con la máxima sanción: la destitución del cargo.

El jurado de enjuiciamiento y el juicio político no son lo mismo. La Constitución de Neuquén explica con claridad cuándo procede cada uno.

Los jueces, fiscales y defensores del poder Judicial provincial que son denunciados por mal desempeño en sus funciones son juzgados por el jurado de enjuiciamiento que está integrado por siete miembros: el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y dos vocales, dos diputados, y dos abogados que son sorteados anualmente por la Legislatura.

Cualquier ciudadano o ciudadana puede presentar una denuncia contra un magistrado o funcionario. Esta es evaluada por la comisión especial que opina al respecto. Luego pasa al jurado que define si se abre o no el proceso.

En caso de habilitarse, el acusado va a juicio. La sentencia puede ser la suspensión, la absolución o la destitución del cargo. El último juez removido de su puesto fue Marcelo Muñoz.

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El juicio político es el mecanismo previsto para juzgar a los cinco vocales del TSJ, su fiscal y su defensor. En este caso todo el proceso se desarrolla en la Legislatura, que se dividirá, en cada caso y por sorteo, en dos salas compuestas, respectivamente, de siete y doce miembros. La sala primera será acusadora, y la segunda, juzgadora.

El fallo no tendrá otro efecto que la destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos del juzgado, sin perjuicio de someterlo a un proceso judicial si procediese.

El último vocal destituido fue Eduardo Badano.

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