El cuestionado DNU de Milei ingresó al Congreso para ser analizado por la Comisión Bicameral

La Comisión Bicameral tendrá diez días hábiles para emitir un dictamen y enviarlo a su debate en Diputados o el Senado.

El presidente Javier Milei insiste con su Decreto de Necesidad y Urgencia DNU que incluye desregulaciones y privatizaciones, entre otras medidas económicas. Esta tarde el mandatario envió el DNU al Congreso para ser analizado por los legisladores.

A partir de hoy, la Comisión Bicameral, que todavía no está conformada por diferencias con el kirchnerismo, tendrá diez días hábiles para emitir un dictamen y enviarlo a su debate en Diputados o el Senado.

El decreto ingresó por la Cámara alta poco antes de las 15, aunque el Ejecutivo tenía la posibilidad de enviarlo por cualquiera de las dos cámaras indistinto. Fue enviado con todos los artículos originales con los que salió publicado en el Boletín Oficial el 20 de diciembre, incluido el capítulo laboral que la CGT logró suspender a partir de la presentación de un amparo ante la Cámara del Trabajo.

Ayer un juez del fuero Contencioso Administrativo Federal habilitó la tramitación por separado de cada presentación judicial que se haga contra el Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno.

Cómo sigue el proceso del DNU en el Congreso


La Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso de la Nación, tiene un plazo de 10 días hábiles, desde que recibe el DNU, para emitir un dictamen respecto a la validez o invalidez del decreto y enviarlo al Senado y a la Cámara de Diputados para que se trate en el recinto.

Asimismo, si la comisión no lo hace en el plazo establecido, ambas cámaras deben tratar el tema de oficio. Por lo que, en el más dilatado de los casos, la validez del DNU se definiría a más tardar el 15 de enero de 2024, aunque también podría ocurrir antes si los distintos actores involucrados en el proceso cumplen sus compromisos institucionales antes de que finalicen los plazos establecidos.

Ambas cámaras sólo pueden validar o invalidar el decreto a partir del voto por mayoría absoluta (la mitad más uno de los presentes, obviamente luego de obtener el quórum necesario para sesionar). A su vez, no están habilitadas para introducir enmiendas, modificaciones o agregados al documento.

De esta manera, se prevé que si ninguna cámara decide tratarlo o si el documento es aprobada por una de ellas y rechazado por la otra, el DNU continúa vigente. En cambio, para que el decreto se caiga y pierda vigencia, debe ser rechazado por ambas cámaras.
 

Con información de Infobae


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios