Milei ordenó pedir un «per saltum» a la Corte Suprema por el fallo a favor de Chubut

El Gobierno nacional pretende que el máximo tribunal trate directamente el caso, en el que tuvo esta tarde un falle en contra de un juzgado federal de Rawson.

El Gobierno de Javier Milei pidió el «salto de instancia» o «per saltum» a la Corte Suprema para que «decida sobre el fondo de la cuestión» en el caso Chubut. La decisión llega después de un fallo del juzgado federal de Rawson a favor de la presentación hecha por el gobernador Ignacio Torres porque Nación no le giró fondos coparticipables. Esta decisión del Gobierno nacional provocó una escalada que encolumnó a los gobernadores patagónicos detrás del chubutense, entre ellos Alberto Weretilneck y Rolando Figueroa, que abogan por una salida no tan terminante como la amenaza de cortar el envío de gas y petróleo hasta tanto se revea la medida que lanzó Torres.

En ese marco, la Secretaría Legal y Técnica, además del per saltum, explorará la chance de plantear la «incompetencia plena» y recusación del juez que favoreció a la provincia de Chubut, según trascendió este martes en Casa Rosada.

De este modo el Gobierno busca responder de inmediato al fallo que dio lugar al planteo del gobernador chubutense, Ignacio Torres, para que la Nación le devuelva los 13.500 millones de pesos que le quitó de coparticipación debido a una deuda.

El fallo a favor de Chubut, una «medida autosatisfactiva», dispuso «el cese de la retención que -en concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial- la demandada (la Nación) viene realizando sobre las sumas que ha de percibir aquella en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos«. «Ello, hasta tanto se concrete la refinanciación de la deuda y por el periodo máximo comprendido por el ejercicio financiero en curso», añade la resolución.

Además, el juez exhortó a Chubut y Nación a que «arbitren medios conducentes tendientes a la cancelación y/o refinanciación de la deuda, en condiciones razonables, que no importen el compromiso de servicios esenciales del estado provincial».

En desarrollo.


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