Estafa con planes sociales: el TSJ de Neuquén intervino en el conflicto entre jueces

Carina Álvarez pidió que la excusaran de participar en cualquier tipo de audiencia junto a Juan Manuel Kees, ya que se sintió "agraviada" por sus expresiones en el fallo. Le hicieron lugar a lo que solicitó, pero el máximo tribunal frenó esa resolución.

El presidente del Colegio de Jueces penales de Neuquén, Marco Lupica Cristo, envió una nota a la directora de la Oficina Judicial (Ofiju), Andrea Bravo, en la que pidió que Carina Álvarez y Juan Manuel Kees no compartieran audiencias, tras el conflicto que suscitó el fallo de la causa Planes Sociales. Al tomar conocimiento de esa decisión, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) le ordenó a la funcionaria que no la acatara.

Recapitulemos. Álvarez se sintió «injuriada» por la comparación entre el contexto político-judicial en el que se investigó y juzgó la estafa en el ministerio de Desarrollo Social, con el de la causa Temux, que implicó un perjuicio millonario para el Banco Provincia de Neuquén, y en el que ella intervino.

En el veredicto de Planes Sociales, Kees aseguró que «existían en esa época condiciones estructurales que favorecían la impunidad. Algunas de esas condiciones están cambiando, afortunadamente». Lo adjudicó al fin de la hegemonía del MPN en el gobierno. Dijo que las juezas que integraron aquel tribunal (Ana Malvido y Carina Álvarez) criticaron el trabajo de la fiscalía. En los fundamentos de la sentencia esas observaciones aparecen atenuadas.

Para la jueza «el agravio fue considerar que perdimos independencia«. Tuvieron una reunión, pero el conflicto solo escaló.

Álvarez impulsó la apertura de una investigación sumaria, que actualmente está en trámite ante la Auditoría General.

También le solicitó al presidente del Colegio de Jueces que la excusara de integrar cualquier tribunal con Kees «invocando motivos graves» que afectan «la confianza pública en la administración de justicia».

No pueden trabajar juntos


El 15 de diciembre pasado, Lupica Cristo dictó una resolución en la que instruyó a la directora de la Ofiju a evitar que ambos jueces estén juntos en audiencias y a recurrir al resto del plantel de magistrados y magistradas.

Planteó que corresponde a la presidencia del Colegio «resolver las incidencias» no como una «cuestión doméstica, sino como un imperativo institucional para asegurar la validez de los actos procesales y el acceso a la jurisdicción».

Afirmó que Álvarez manifiesta que se encuentra afectada la «confianza recíproca necesaria para la deliberación judicial» dificultando «el sostenimiento de un ámbito adecuado de discusión y análisis jurídico conjunto».

Lupica Cristo evaluó que en este contexto, si trabajan codo a codo, se podría «debilitar la imparcialidad objetiva y habilitar cuestionamientos procesales, extremo que resulta imperioso prevenir». Por eso hizo lugar a la excusación «como medida de prudencia institucional y resguardo de la garantía del justiciable».

«Esta decisión no implica emitir juicio de valor sobre la conducta de los magistrados, sino asegurar asépticamente la regularidad del servicio», agregó.

«Excede las competencias»


¿Qué hizo la directora de la Ofiju? Le informó por mail a la secretaría de Superintendencia de la resolución de Lupica Cristo.

En el último acuerdo del 2025, el TSJ le comunicó a la funcionaria que no debe cumplir con esta orden. Primero advirtió que «lo resuelto en respuesta al pedido de la magistrada no cumpliría los recaudos exigidos por las normas que regulan el régimen de las excusaciones en el Código Procesal Penal».

Sostuvo que la disposición «desborda el ejercicio regular de aquellas que han sido reconocidas al Colegio de Jueces Penales». Indicó que si bien la Ofiju asiste a los magistrados «ello no se traduce necesariamente- en una exclusiva relación de jerarquía o subordinación».

«Por estas razones, la «instrucción» que se le impone a la Directora excede las competencias establecidas normativamente al Colegio de Jueces, órgano emisor de la Resolución traída a análisis, dado que fuera de un caso judicial concreto, no corresponde indicar cómo debe integrar los tribunales en futuras causas judiciales -competencia exclusiva de la Dirección de la Ofiju», remarcó el máximo tribunal provincial.

Por lo pronto, Álvarez está de guardia la primera quincena de enero y Kees retomará sus funciones en la segunda. Tras la feria judicial, se verá cómo sigue el conflicto.


El presidente del Colegio de Jueces penales de Neuquén, Marco Lupica Cristo, envió una nota a la directora de la Oficina Judicial (Ofiju), Andrea Bravo, en la que pidió que Carina Álvarez y Juan Manuel Kees no compartieran audiencias, tras el conflicto que suscitó el fallo de la causa Planes Sociales. Al tomar conocimiento de esa decisión, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) le ordenó a la funcionaria que no la acatara.

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