Neuquén cumple 20 años sin reglamentar al Defensor del Pueblo provincial

La figura fue incorporada en la última reforma constitucional de 2006, pero nunca se aprobó una ley que lo ponga en funcionamiento. El tema quedó sepultado en la comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura.

Hace 20 años la provincia de Neuquén reformó su Constitución por última vez. Entre los principales cambios se creó el Consejo de la Magistratura, el organismo que designa a quienes ocuparán cargos en el Poder Judicial. Al año siguiente ya estaban nombrados los representantes y se abrían los concursos. No ocurrió lo mismo con el Defensor del Pueblo provincial, un puesto pensado para proteger los derechos de la ciudadanía ante actos u omisiones de la administración. Nunca se puso en marcha.

Para su implementación se necesita que la Legislatura apruebe la ley que ordene su funcionamiento. En 2017 estuvo cerca de reglamentarse, pero no hubo acuerdo para emitir un único despacho.

En 2025 los defensores del Pueblo de las ciudades de San Martín de los Andes (Fernando Bravo), Villa La Angostura (Sebastián Baltanás), Centenario (Valeria Caffaratti), Zapala (Oscar Vázquez) y Neuquén capital (Gustavo Pereyra) presentaron una nota dirigida al gobernador Rolando Figueroa y a la presidenta de la Cámara, Zulma Reina, en la que plantearon que era imperioso cumplir con el mandato constitucional.

«Consideramos que es parte de nuestra misión darle sentido y entidad a la definición constituyente que ordena la creación de las Defensorías como una instancia de fortalecimiento de la institucionalidad democrática, orientada a garantizar a los ciudadanos una instancia accesible de contralor y fiscalización de los asuntos públicos y la defensa de los intereses y derechos colectivos», afirmaron.

Agregaron que en este contexto las defensorías «tenemos una misión histórica vinculada a ser agentes de canalización y escucha atenta a las demandas actuales de nuestras comunidades».

La nota fue girada a la comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura. Terminó el período ordinario de sesiones sin tratarse.

Si bien los gobiernos del Movimiento Popular Neuquino no pudieron lograr los votos necesarios para que se sancionara la ley, la gestión de Figueroa hasta ahora tampoco mostró voluntad de avanzar. Ni siquiera presentaron un proyecto para someterlo a discusión.

En su momento los mayores obstáculos estaban en acordar la cantidad de defensores adjuntos y el presupuesto que se le iba a asignar.

Para qué sirve


El artículo 265 de la Constitución creó al Defensor como «un órgano independiente instituido en el ámbito del Poder Legislativo, que actúa con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad y con autarquía financiera».

Lo designa y lo destituye la Legislatura por 3/5 partes de sus integrantes. Percibe el mismo salario que un diputado o diputada. Tiene un mandato de cinco años y no puede ser reelecto.

Básicamente es un organismo que controlaría al gobierno provincial. Incluso tiene competencia para investigar todo lo que llega a su conocimiento y accionar judicialmente.

Menos aún fueron reglamentados los mecanismos de democracia semidirecta que se incorporaron en 2006, como la iniciativa popular y la consulta vinculante y no vinculante.


Hace 20 años la provincia de Neuquén reformó su Constitución por última vez. Entre los principales cambios se creó el Consejo de la Magistratura, el organismo que designa a quienes ocuparán cargos en el Poder Judicial. Al año siguiente ya estaban nombrados los representantes y se abrían los concursos. No ocurrió lo mismo con el Defensor del Pueblo provincial, un puesto pensado para proteger los derechos de la ciudadanía ante actos u omisiones de la administración. Nunca se puso en marcha.

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