Qué necesita Juntos Somos Río Negro para anticipar las elecciones de Bariloche

Los dirigentes políticos realizan cálculos y especulaciones. ¿Qué dice el Código Electoral Municipal? ¿Qué plazos hay y cuántos votos se requieren?

La idea que surgió en el interior de Juntos Somos Río Negro, a instancias de la gobernadora Arabela Carreras, de modificar la fecha de elecciones municipales en Bariloche motivó a muchos dirigentes a sacar cálculos y realizar especulaciones de diversos escenarios.

La Carta Orgánica Municipal solo determina en su artículo 140 que las elecciones deben realizarse “en fechas que no coincidan con elecciones nacionales o provinciales”.

Pero en el Código Electoral de Bariloche, sancionado por ordenanza en 2009, el artículo 25 especifica que las elecciones serán el primer domingo de septiembre cada 4 años. Define además que en caso de que coincidan con las elecciones nacionales o provinciales la fecha será trasladada al tercer domingo de septiembre y en caso de coincidir nuevamente con algunas de las antes mencionadas se trasladará al primer domingo de octubre.

También el mismo artículo indica que la “convocatoria se realizará con un plazo mínimo de 90 y un máximo de 120 días de anticipación al acto eleccionario”.

La reforma de este Código Electoral requiere de mayoría simple en el Concejo Municipal, es decir que con 6 votos se puede aprobar la modificación de la ordenanza. Sin embargo, si el interés es agilizar su tratamiento e incorporarlo sobre tablas, se necesita mayoría especial (8 votos) para incluirlo de este modo y también para darle “tratamiento preferencial” en una sesión.

Hoy el oficialismo tiene 5 bancas de distintos sectores (tres responden al ministro Carlos Valeri, uno a Gennuso y solo una concejal es del riñón de Carreras). El Frente de Todos tiene 3 bancas y además hay tres bloques unipersonales: Podemos Bariloche, PUL y Bariloche el Cambio.

El JSRN ya sondean a concejales opositores para sumar el voto que falta y llegar a los 6, dando por descontado que habrá un alineamiento del oficialismo.


Los plazos y la calculadora


El proyecto de reforma no fue presentado aún y nadie anticipa si será ingresado en los próximos días para tratarlo antes de fin de año o se posterga hasta el 2023.

Si el proyecto ingresa el próximo año, como sería deseo del intendente Gustavo Gennuso que pretende ahora lograr la aprobación del presupuesto y la ordenanza fiscal y tarifaria en la última sesión del 29 de diciembre, se ponen en juego otros análisis que tienen que ver con los plazos.

El Concejo Municipal empieza su actividad oficial en marzo aunque podría llamarse a sesión extraordinaria de manera previa. Para anticipar el tratamiento de una eventual reforma se requiere otorgarle prioridad o tablas y allí se necesitan 8 votos.

Otro tema a tener en cuenta es que si el interés de Carreras es que las elecciones locales sean en mayo, se deberían modificar (acortar) también los plazos del llamado a elecciones municipales porque la ordenanza vigente fija un mínimo de 90 días para hacer la convocatoria a los comicios.

Algunos concejales ya advirtieron que sería «demasiado» hacer un cambio también de los plazos y un cambio de reglas de juego que afectaría a los partidos chicos y vecinales.


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