Por mala praxis inhabilitan y multan a una pediatra de Conesa

Viviana Cuffia fue multada con 3.000 pesos e inhabilitada por dos años para la práctica médica a raíz del fallecimiento de un bebé que nació en 1998 y que padecía ictericia. La jueza Liliana Piccinini reconoció que la profesional omitió controles que eran de rigor.

VIEDMA (AV)- Una pediatra fue multada e inhabilitada por mala praxis.

La jueza en lo Correccional Liliana Piccinini impuso una multa de 3.000 pesos y una inhabilitación especial para la práctica médica por dos años al hallarla autora del delito de «lesiones culposas».

Se trata de Viviana Cuffia, quien ejerce la profesión en el hospital de Conesa.

El hecho ocurrió en el hospital de Conesa luego del nacimiento prematuro de Tomás Ezequiel Lavalle el 29 de abril del `98.

A los dos días se le detectó al pequeño Ezequiel una ligera ictericia generada por un alto porcentaje de bilirrubina por lo que se dispuso un tratamiento de luminoterapia.

Ante un agravamiento del cuadro y mientras la imputada se encontraba de guardia, el bebé fue trasladado primero al hospital Zatti de Viedma adonde ingresó con probable sepsis neonatal y luego al Penna en Bahía Blanca para continuar con atención neurológica, pues el daño cerebral ya estaba determinado. Había sufrido una parálisis cerebral severa que finalmente le provocó la muerte.

La fiscal Adriana Zaratiegui pidió una multa de 5.000 pesos y una inhabilitación especial de 18 meses contra la médica Cuffia al responsabilizarla de las «lesiones culposas» por no efectuar un control clínico y ordenar un laboratorio «sabiendo que la encefalopatía era un riesgo previsible, violando así su deber de cuidado».

Signos claros

Agregó que hubo dos signos claros de alarma que la profesional obvió: el color y la falta de alimentación del bebé.

En tanto Diego Sacchetti, el defensor de la médica, pidió la absolución de la imputada, fundamentando que cuando tomó la guardia no recibió nada que la alertara sobre la evolución del bebé y destacó que éste se encontraba en tratamiento de luminoterapia por tener valores moderados, sin signos de alarma, atendido por su mamá.

Para la jueza Piccinini, la médica Cuffia tuvo una conducta omisiva y las consecuencias de «esa falta de deber de cuidado generaron el daño físico irreversible en la salud del pequeño Tomás Lavalle.

«Omitió, dentro del curso normal de las cosas, obrar con la diligencia adecuada siéndole posible prever lo previsible.

«Sabía que era de prever la falta de controles clínicos adecuados y que la no corroboración de un apoyo de laboratorio podía originar la no detección a tiempo de una involución o agravamiento en el estado de salud del bebé y que desembocaría en una encefalopatía (dolencia irreversible e incurable) tal como aconteció».

Aseguró la magistrada en su decisión que el bien jurídico tutelado (la salud) se vulneró y el resultado sufrido por el pequeño paciente «devino en razón de no haber recibido por parte de la imputada la debida atención que la práctica médica imponía en el momento adecuado».


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