Por orden judicial, Bariloche deberá resolver las falencias del basural

El fallo del juez Santiago Morán pone fin a un litigio que se inició en febrero de 2019 y que ya incluyó intimaciones previas al municipio por el desmanejo del basural.

 El juez civil Santiago Morán hizo lugar al amparo ambiental iniciado hace casi dos años por una decena de dirigentes vecinales y ordenó al municipio que disponga “todas las medidas necesarias” para evitar los incendios recurrentes que se producen en el basural y presente un “plan integral de gestión de residuos sólidos”, con la advertencia de aplicar multas a los funcionarios de 50 mil pesos diarios ante cualquier incumplimiento.

El fallo fue emitido ayer y pone fin a un litigio que se inició en febrero de 2019 y que ya incluyó intimaciones previas al municipio por el desmanejo del basural, que afecta a las 645 Viviendas, El Pilar I y II, Dos de Abril, Unión, Villa Lago Gutiérrez, Arelauquen, El Frutillar y otros barrios linderos.

 La decisión judicial se demoró por las complicaciones para realizar una pericia técnica, que nunca fue incorporada, ante el desistimiento de la UNRN (pese a que tiene una carrera de ingeniería ambiental en Bariloche) y por limitaciones presupuestarias del poder judicial.

 Aun así el juez Morán consideró que había prueba suficiente para acoger el amparo y subrayó que el mismo municipio había admitido el daño ambiental.

 Uno de los firmantes de la demanda, el docente e investigador Tomás Guevara, dijo hoy que la sentencia es “un logro importante” para quienes decidieron recurrir a la Justicia ante el perjuicio sufrido por sus barrios y destacó la exigencia de un plan integral para resolver el problema, que a su entender debería incluir “el traslado del sitio de disposición final” fuera del radio urbano, “como lo establece la ley”.

 El magistrado emplazó al municipio a poner en marcha en 45 días las medidas que sean necesarias para evitar “que se sigan produciendo focos ígneos o quemas de basura en el predio de disposición final”, así como adoptar “las medidas de seguridad tendientes a evitar incendios intencionales o por negligencia de terceros”, para lo cual el plazo es de 30 días.

 Guevara dijo que esta última puntualización es clave porque muchas veces, cuando se inicia un incendio en el manto de basura, “el municipio hace denuncias judiciales” sin una imputación clara, con el propósito de salvar su responsabilidad.

 En plazo “mediato”, el juez Morán ordenó al municipio “presentar un plan integral de gestión de residuos sólidos urbanos”, con la obligación de mantener informado al juzgado “cada 30 días” sobre su implementación.

 Establece que el plan deberá incluir campañas de educación ambiental, sobre separación de residuos en origen, “instalación de puntos verdes” de recolección y tratamiento específico para los residuos forestales. Y también otros que sorprendieron para bien a los amparistas, que no los habían solicitado, como el “tratamiento de residuos electrónicos y pilas, tratamiento y contralor de grandes generadores de residuos sólidos, tratamiento de líquidos lixiviados, compostaje de los residuos orgánicos”, además del “encapsulamiento”  de los residuos antes de su disposición en las celdas.

 Los demandantes habían justificado su presentación en la “conducta omisiva y negligente” del municipio, que a su entender afecta “el derecho a un ambiente sano, a la vida, a la salud e integridad física de los ciudadanos de Bariloche”.

 Los firmantes eran dirigentes de varias juntas vecinales, entre ellas Bettina Fernández, que en su momento encabezaba la junta de El Frutillar y hoy es funcionaria del municipio.

Derecho ambiental

 El municipio había cuestionado “la falta de personería y legitimación activa” de los amparistas, pero el juez desestimó el planteo. Argumentó que “tratándose el medioambiente de un bien colectivo universal no distributivo y no excluyente, todos tenemos la titularidad del bien, por lo tanto, todos los titulares están legitimados para iniciar una acción”.  .

 También consideró que aun sin la pericia encargada, había razones de sobra para acoger el amparo, dado que las pruebas aportadas en el proceso “dan cuenta del estado crítico del vertedero municipal, donde pareciera que los residuos se depositan sin control alguno, lo que probablemente desencadene quemas de basura y emisiones gaseosas producto de la descomposición de la materia orgánica”.

 Dijo que dada la complejidad del tema hacía falta fijar medidas de cumplimiento inmediato y otras “mediato”. Para las primeras puso plazos y advirtió que los responsables se exponen a recibir multas de 50.000 pesos “por cada día de incumplimiento”.

 Guevara dijo que “la gran ausente” en el conflicto del basural barilochense es la provincia y advirtió que “no se puede desentender”. Señaló que por esa razón los amparistas reclamaron hace un mes en forma directa a la secretaria de Ambiente de Río Negro, Dina Migani, que “intervenga ante la crítica situación” y que avance en implementar un basurero regional.


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