¿Por qué se restringe el acceso al gas?

Juan Pablo Bohoslavsky*


El derecho a la vida necesita ser reconceptualizado de manera que esté asociado a una “obligación estatal positiva” de proteger la vida y la salud de las personas.


En la ciudad de Neuquén aproximadamente 12.000 familias (50.000 personas) no cuentan con el servicio público de gas natural, ya que no existen redes de gas domiciliario. Esto lleva a que, para cocinar, calefaccionarse o higienizarse se utilice electricidad, cuando su acceso es posible. En la mayoría de los casos, al no contar con electricidad, se utilizan garrafas, leña o carbón. Al tratarse de construcciones realizadas, en general, sin asesoramiento técnico y materiales adecuados, no cuentan con ventilación apropiada, con lo que los incendios e intoxicaciones no son infrecuentes. Además, la accesibilidad económica al gas en garrafa y a la leña/carbón es, en general, prohibitivo para estas familias, con lo que se raciona al máximo su utilización, con sus obvias implicaciones para el sistema inmunológico que, al mismo tiempo, se recomienda reforzar para resistir la covid-19.

Los derechos a la vivienda adecuada, a la vida y la salud se encuentran bajo amenaza. Todos estos derechos se encuentran protegidos por las convenciones internacionales de las que Argentina es parte y cuyas obligaciones también conciernen a los Estados subnacionales. Los recursos para asegurar la vigencia de aquellos derechos están: Neuquén cuenta con la mayor reserva de gas del país y posee un gasoducto troncal que atraviesa la ciudad de Neuquén. Las autoridades tienen la obligación internacional de generar, asignar adecuadamente y aprovechar al máximo los recursos disponibles para avanzar de la manera más rápida y eficaz posible hacia la plena realización de los derechos económicos, sociales y culturales (Art. 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales).

La pobreza y la desigualdad constituyen una comorbilidad frente a la covid-19. Pero no es el virus lo que discrimina, sino la infraestructura social y económica en pie: el retraimiento de los Estados en áreas profundamente sensibles para los derechos humanos -tales como vivienda, salud y educación- y la naturalización de políticas fiscales regresivas y la mercantilización de derechos económicos y sociales explican un escenario en el que la desigualdad y la consiguiente pobreza se encuentran asociadas a mayores niveles de contagio y letalidad de la covid-19 así como a la violación de derechos sociales y económicos.

El derecho a la vida necesita ser reconceptualizado de manera que esté asociado a una “obligación estatal positiva” de proteger la vida y la salud de las personas antes que a una obligación de no interferir en los derechos individuales. De acuerdo a lo que el Comité de Derechos Humanos de la ONU estableció en el 2018, esto incluye la obligación estatal adoptar medidas adecuadas para abordar las condiciones generales en la sociedad que puedan suponer amenazas directas a la vida o impedir a las personas disfrutar con dignidad de su derecho a la vida.

Esas condiciones generales incluyen, por ejemplo, la prevalencia de enfermedades que ponen en riesgo la vida, el hambre y la malnutrición generalizadas, así como la pobreza extrema y la falta de hogar. Entre las medidas previstas para abordar las condiciones adecuadas que protejan el derecho a la vida se encuentran las medidas destinadas a garantizar el acceso sin demora de las personas a bienes y servicios esenciales, como los alimentos, el agua, el alojamiento, la atención de la salud, la electricidad y el saneamiento, y otras destinadas a promover y facilitar condiciones generales adecuadas, como el fomento de servicios de salud de emergencia eficaces, operaciones de respuesta de emergencia y los programas de viviendas sociales.

Por otra parte, la Constitución de Neuquén (Art. 99) establece que las utilidades provenientes de la explotación de los recursos naturales deben emplearse en la realización de obras productivas que constituyan beneficio permanente para la provincia, que favorezcan especialmente a la región donde se encuentre ubicada la respectiva industria extractiva, u otras zonas con posibilidades especiales.

Asegurar los derechos a la vida, la salud y la vivienda adecuada mediante obras de infraestructura debería ser uno de los destinos prioritarios de las utilidades extractivas.

La Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén ha presentado recientemente -con el patrocinio de Marcelo Medrano- al Tribunal Superior de Justicia de la provincia un pedido de que se reconozca el acceso al gas como esencial en el marco del derecho a la salud y a la vida y se provoquen las intervenciones remediales necesarias en forma urgente. Confiando en lo que hoy se denomina “justicia dilógica”, a la que la Corte Suprema recurre de manera creciente, la presentación peticiona que se convoque a los poderes Ejecutivo y Legislativo para exigir que busquen, discutan, encuentren y ejecuten una solución pronta y satisfactoria.

Quedarse en la casa y lavarse las manos asiduamente está siendo, para miles de familias neuquinas, un lujo inaccesible o una trampa mortal. Ahora está en manos del Tribunal Superior de Justicia motorizar una respuesta que movilice las autoridades para buscar y encontrar una solución anclada en los derechos humanos.

*Doctor en Derecho, recibido en universidad pública. Hasta mayo de este año se desempeñó como experto independiente en deuda y derechos humanos de la ONU


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