Programa Intercosecha

CONSULTOR IMPOSITIVO

El Programa Intercosecha tiene por objeto asistir en todo el territorio nacional a los trabajadores temporarios del sector agrario y agroindustrial, que se encuentren inactivos durante el período entre cosechas de los cultivos en los que se ocupan, promoviendo la mejora de sus condiciones de empleabilidad y de inserción laboral. En Río Negro y Neuquén, para la actividad de cosecha de pera y manzana.

Los requisitos para acceder son los siguientes: 1) ser mayor de dieciocho años; 2) tener documento nacional de identidad y CUIL; 3) residir en forma permanente en el país y poseer residencia actual en la provincia en la que se aplique el programa; 4) registrar dentro de los últimos doce meses remuneraciones mensuales superiores a 1.500 pesos como trabajador temporario del sector agrario y agroindustrial en el que se aplique el programa, por un mínimo de tres meses y un máximo de nueve meses.

Intercosecha brinda a los destinatarios las siguientes prestaciones: 1) una ayuda económica no remunerativa mensual durante el receso estacional en forma directa y personalizada, mediante su depósito en una cuenta bancaria para su disponibilidad mediante una tarjeta magnética; 2) el acceso a los cursos y/o acciones de formación previstos por el Plan de Formación Continua, a las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo, al Programa de Inserción Laboral, al Programa de Empleo Independiente y Entramados Productivos Locales y a otros programas o acciones de empleo implementados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; 3) facilidades para movilizarse hacia otras regiones del territorio nacional durante la contratemporada, con el fin de insertarse en empleos relacionados con otros cultivos.

Los interesados podrán inscribirse personalmente en las Oficinas de la Red de Servicios de Empleo y en las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral, con ámbito de actuación en las provincias en las que se aplique el programa, acreditando identidad mediante la exhibición de documento nacional de identidad y registrando sus datos personales e historia laboral en la plataforma informática de la Red de Servicios de Empleo.

La ayuda económica mensual del Programa Intercosecha es incompatible con la percepción de: 1) una remuneración laboral bruta superior al monto de la ayuda económica; 2) un ingreso económico originado en una actividad laboral autónoma; 3) prestaciones contributivas por desempleo; 4) prestaciones previsionales o pensiones no contributivas de cualquier naturaleza; 5) ayudas económicas previstas por programas nacionales, provinciales o municipales de empleo y/o capacitación laboral, con excepción de la prestación Progresar.

Cra. Gabriela L. Almendra

consultorio@csbya.com.ar

CHINNI, SELEME BUGNER Y ASOC.

www.csbya.com.ar


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