Prórroga para declaraciones juradas

ROCA (AR).- Hasta el 10 de junio se extendió el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto sobre los bienes personales. Esta determinación fue tomada por la Administración Federal de Ingreso Público (AFIP) mediante la resolución Nº 1860.

La información fue difundida por el ente de recaudación, que estableció un nuevo plazo de vencimiento para los comerciantes, productores, profesionales y contribuyentes en general que habían sido alcanzados por la resolución general Nº 1797, que comprendía a las personas físicas que obtuvieran ganancias provenientes del desempeño de cargos públicos y del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia.

También quedan incluidos en la reprogramación los que obtengan ganancias que tengan como origen las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tenga su origen en el trabajo personal y de «los beneficiarios netos de aportes no deducibles, derivados del cumplimiento de los requisitos de los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la superintendencia de seguros, en cuanto tengan su origen en el trabajo personal provenientes de fondos transferidos de las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP) a las compañías de seguro de retiro».

Además de los beneficios obtenidos de los servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas de trabajo y a quienes perciban ganancias provenientes de otras actividades por las cuales se encuentran obligados a presentar la declaración jurada del gravamen.


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