Empleadas domésticas: Qué derechos laborales deben respetarme, tras la asunción de Milei

Las empleadas domésticas cuentan con los mismos derechos laborales que cualquier trabajador o trabajadora a nivel nacional. Repasálos acá y conocé qué no debe suceder en la relación con el empleador.

Más allá de la nueva gestión de gobierno, los empleadores deben respetar las condiciones laborales establecidas por ley para las empleadas domésticas, que incluyen el pago de los aportes correspondientes ante AFIP, entre otras.

Hay que tener en cuenta que la jornada laboral de la empleada doméstica no debe superar las ocho horas diarias, lo que equivale a un total de 48 horas semanales. Además, durante esa jornada de trabajo, el empleador debe proveerle a la trabajadora la ropa o el uniforme previsto para su tarea, elementos para realizar sus tareas y alimentación.

En cuanto al descanso, las empleadas domésticas tienen derecho a estar inactivas desde el sábado a partir del mediodía. En el caso de contratar a una trabajadora sin retiro, entre cada jornada deben tener un descanso de 9 horas consecutivas y descanso de 3 horas entre las tareas de la mañana y tarde.

Hay que tener en cuenta que a las empleadas domésticas les corresponden todos los derechos adquiridos para los trabajadores a nivel nacional de igual manera, lo que incluye vacaciones pagas, aguinaldo con los haberes de junio y diciembre, licencias, obra social y ART, entre los más importantes.

Empleadas domésticas: Cuáles son mis derechos si renuncio o me despiden


En caso de renunciar, las empleadas domésticas deben cobrar un sueldo correspondiente al mes en curso, en un proporcional hasta la fecha que la trabajadora cumplió tareas, junto a un aguinaldo porcentual y las vacaciones que no se haya tomado.

Por su parte, en el caso que la empleada doméstica haya sido despedida sin causa justa tiene derecho a cobrar una indemnización, equivalente a un mes de sueldo por cada año de antigüedad en ese trabajo.


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