Régimen de vacaciones de empleadas domésticas: cuántos días corresponden y cómo se pagan

Las empleadas domésticas que trabajen mensualmente o por hora pueden acceder a su licencia por vacaciones pagas. Conocé qué período te corresponde y qué excepciones hay.

Las empleadas domésticas que se encuentren registradas pueden acceder a su derecho a las vacaciones, una licencia de descanso que se corresponde según la cantidad de tiempo que las trabajadoras de casas particulares llevan siendo contratadas por sus empleadores.

Según indica el sitio «Empleadas Domésticas», la ley del sector indica que la licencia por vacaciones debe otorgarse entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo de cada año.

El empleador, por ser tal, puede decidir la fecha de esas vacaciones y debe notificar a su empleada doméstica cómo será contemplado ese período con una anticipación de 20 días.

En caso de que la empleada doméstica quiera tomar la licencia vacacional en otra fecha, puede solicitarlo ante su empleador dividiendo el período que corresponde.

Empleadas domésticas: cómo calculo mis vacaciones


Para calcular el período de vacaciones de las empleadas domésticas, debe contemplarse la antigüedad que tenga la trabajadora al 31 de diciembre del año correspondiente.

La escala vacacional de las empleadas domésticas es la siguiente:

Empleadas domésticas: cómo calculo mis vacaciones si trabajo por hora


En caso de que la empleada doméstica trabaje por hora en su puesto, también le corresponden las vacaciones remuneradas, como cualquier trabajador.

No son iguales las estimaciones a las vacaciones de una empleada doméstica que trabaja mensualmente, pero AFIP tiene establecida la siguiente tabla de estimación para las vacaciones de empleadas domésticas que trabajan por hora. Es la siguiente:

Empleadas domésticas: cómo liquidar las vacaciones


Mientras la empleada doméstica se encuentre de vacaciones, su salario habitual debe liquidarse de igual manera que se hace mensualmente, sin agregar extras especiales. En caso de que se trate de una empleada doméstica sin retiro, debe contemplarse un adicional por comida y alojamiento, que no debe ser menor al 30% del sueldo diario.

Teniendo en cuenta el sueldo mensual de la empleada doméstica, hay que dividir el monto por 30 días del mes y multiplicarlo por los dás de vacaciones. Esta liquidación debe abonarse al inicio de las vacaciones.

Cabe recordar que las vacaciones pagas duran los días estipulados según la ley. En caso de que la empleada tome más días de licencia, debe avisar al empleador para que le guarde el puesto de trabajo, pero sin haberes.


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