Continúa en pie el fallo que revocó el procesamiento de mapuches por usurpar un predio en Villa Mascardi

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazó un recurso de casación que la fiscal federal de Bariloche había presentado contra la resolución que dictó el 20 de abril último la falta de mérito para los imputados.

Los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca Mariano Roberto Lozano y Alejandro Cabral rechazaron el recurso de casación que la fiscal federal de Bariloche, Sylvia Little, había presentado contra la resolución que revocó los procesamientos dictados contra Cristian Germán Colhuan y Joana Micaela Colhuan y que dispuso la falta de mérito para los sospechosos.

Los dos imputados habían sido procesados por el exjuez federal de Bariloche Leonidas Moldes por el delito de usurpación en un predio que Parques Nacionales tiene en Villa Mascardi, distante a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche. Cristian y Joana Micalea están vinculados a la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu, que ocupa tierras en Villa Mascardi desde noviembre de 2017.

Lozano y Cabral desestimaron el planteo de la fiscal federal en una resolución que dictaron el 6 de mayo último a la que RÍO NEGRO accedió.

Lozano dijo en su voto que la fiscalía federal de Bariloche interpuso un recurso de casación justamente contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca que el 20 de abril último había revocado por mayoría los procesamientos dictados contra Cristian y Joana Micaela Colhuan, y dispuso la falta de mérito de los dos.

La fiscalía federal sostuvo que la decisión cuestionada “era equiparable a una sentencia definitiva, de imposible reparación ulterior, por cuanto descartaba la suficiencia de la prueba acumulada en la pesquisa para obtener el procesamiento” de los hermanos Colhuan.

“De manera que fulmina al proceso con una decisión -falta de mérito- por un hecho acaecido en el año 2017 que imposibilita recolectar otros elementos de cargo, tornándose en un obstáculo para que continúen las actuaciones siendo ésta la única oportunidad, el momento, para lograr la revisión de lo resuelto, que desde ya adelanto carece de la debida fundamentación, es aparente y en consecuencia resulta una decisión arbitraria, un acto jurisdiccional inválido”, sostuvo la fiscal federal.

Sin embargo, Lozano y Cabral afirmaron que la resolución que la fiscalía atacaba no pone fin a la acción o la pena o hace imposible que continúe la investigación. “Justamente produce un resultado contrario, es decir, habilita el avance de la investigación, circunstancia que obliga a descartar el carácter asimilable a definitivo del decisorio”, replicaron los jueces del tribunal de Roca. “El dictado de una falta de mérito, por regla, constituye un claro supuesto de provisionalidad”, aclararon.

En cuanto al agravio vinculado a la arbitrariedad de la sentencia planteado por la fiscalía, Lozano afirmó que la resolución que se cuestiona “-aun cuando no integré la mayoría- no resulta infundado ni presenta una fundamentación defectuosa en tanto brindó adecuada respuesta a todos los planteos introducidos de conformidad a las razones que allí se expresaron, circunstancia que determina, conforme al criterio del Alto Tribunal, que la situación de excepción invocada carezca de sustento”.

Por eso, consideró que no correspondía dar intervención a la Cámara Federal de Casación Penal, como pretendía la fiscalía federal de Bariloche para que revisara el fallo del tribunal de Roca. Cabral coincidió con los argumentos que Lozano había expuesto. Por eso, declararon inadmisible el recurso de casación, sin costas.

El abogado Virgilio Sánchez, que asiste a los dos jóvenes mapuches, informó este lunes que se le venció el plazo a la fiscal federal para ir con una queja ante la Cámara Federal de Casación Penal.

El 20 de abril último, la Cámara Federal de Apelaciones de Roca revocó los procesamientos contra Cristian y Joana Micaela Colhuan por el delito de usurpación de un predio de Parques Nacionales, situado en Villa Mascardi. Los jueces Marcelo Grosso y Cabral conformaron el voto mayoritario. Y dispusieron la falta de mérito para los jóvenes, que continúan vinculados a la investigación que sigue abierta.

Además, ordenaron al Juzgado Federal de Bariloche dar intervención al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y al Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas de Río Negro (Codeci) “para que por su intermedio -y sin perjuicio de que estas puedan invitar a otras entidades especializadas en la materia-, convoquen a todas las partes intervinientes en la presente causa (Fiscal, querellantes, “amicus curiae”, imputados y defensores) para intentar -por los medios que consideren más adecuados (mediación, conciliación, acuerdo, etc.)-, dar una solución pacífica al conflicto”. Mientras que Lozano votó por confirmar los procesamientos de los jóvenes, con las costas del proceso.

Esta causa es un desprendimiento del expediente principal en el que están procesados por el delito de usurpación de dos predios de Parques Nacionales, en Villa Mascardi Martha Luciana Jaramillo, Cristian Germán Colhuan, María Isabel Nahuel, Yéssica Fernanda Bonnefoi, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia y la machi de la comunidad Lafken Winkul Mapu.

Los imputados alegaron que se trató de un acto de recuperación de parte de lo que consideran es territorio mapuche. La comunidad avanzó después hacia lotes contiguos, lo que originó otro conflicto con los pobladores de Villa Mascardi.

Tras la toma de las tierras, que ocurrió a principios de noviembre de 2017, el juez federal Gustavo Villanueva ordenó el 23 de noviembre de ese año el desalojo. Dos días después, asesinaron al joven mapuche Rafael Nahuel. Esa causa aún sigue en la etapa de Instrucción y dio varias idas y vueltas, mientras el homicidio sigue impune.


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